VALORACION: RESOLUCION N° 27
RECLAMO Nº 598 / 05.10.2007
ADUANA METROPOLITANA.
VISTOS Y CONSIDERANDO:
Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 122 del 21 de Febrero del
Que, el Despachador conformó indebidamente el Valor Aduanero del presente despacho que ampara Un Juego de Vajilla de porcelana para el servicio de mesa, marca Villelroy & Boch, modelo DEEP 2790, origen Reino Unido, al incluir, además del precio efectivo de la compra según Boleta N° NT 0001-001640 del 03 de Septiembre del
Considerando además, el análisis de los documentos de base de DIN citada, remitidos por el Agente de Aduanas en cumplimiento de una medida para mejor resolver ordenada mediante Resolución S/N° de fecha 29 de Agosto del 2008, del Sr. Juez Director Nacional de Aduanas, tenidos a la vista y devueltos oportunamente, este tribunal determina confirmar lo resuelto en primera instancia, por cuanto existe un error en el valor originalmente propuesto por el Despachador para estas mercancías, lo que es necesario corregir, y
TENIENDO PRESENTE:
Los Artículos 117º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, el Acuerdo sobre Valoración de la OMC, el Dto. de Hda. Nº 1.134/20.06.2002 que fijó el Reglamento para su Aplicación y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN:
1.- CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
2.- PASEN LOS ANTECEDENTES A LA UNIDAD CORRESPONDIENTE, A EFECTO DE DENUNCIAR LA POSIBLE INFRACCIÓN QUE PROCEDIERE.
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS