VALORACION : RESOLUCION N° 82

                                              

 

RECLAMO  Nº 841/DE 16.10.2009
ADUANA METROPOLITANA.
 

 

VISTOS Y CONSIDERANDO:

 

Estos antecedentes y la Resolución Nº  077  del 22.03.2010, fallo en primera instancia, que dejó sin efecto Denuncia 158.952 del 31.07.2009 y  Cargo N° 1.462 del 21.09.2009, a fs. 1,  y confirmó el  valor aduanero   en DIN. Nº 4060390487-9 del 29.07.2009 suscrita por el Despachado, señor G. Espinoza R.,   en representación de  Sres. Caridian BCT Chile S.A., a fs. 3,  por  cuanto en su formulación   el fiscalizador consideró indebidamente  que el monto  del  gasto Combustible de Guía Aérea  N° 4051747543 del 23.07.2009, a fs. 4,  no había sido incluido en el valor Flete de DIN citada; 

 

Que, el análisis de los antecedentes adjuntos al expediente permite  establecer que, efectivamente dicho monto  está contenido en el Valor Flete del documento aduanero observado, razón por la cual este Tribunal determina  confirmar lo resuelto en primera instancia y aceptar las alegaciones del recurrente, y

 

TENIENDO PRESENTE: 

 

Los Artículos 117º y siguientes de la Ordenanza de Aduanas y las  facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:

 

CONFIRMESE   EL   FALLO   DE    PRIMERA  INSTANCIA.                       

                

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS