Administrador de Aduana de Chañaral

Pedro Martínez Bachiloglu

Funciones del cargo 
 
a) Administrar la Aduana a su cargo y disponer el cumplimiento de las disposiciones legales y reglamentarias cuya aplicación estén encomendadas al Servicio Nacional de Aduanas. 
 
b) Formular al Director(a) Regional o al Director(a) Nacional, cuando corresponda, todas aquellas observaciones que surjan del desempeño de las funciones del Servicio en relación a su Aduana y proponer las medidas o reformas que estime convenientes. 
 
c) Ordenar la instrucción de sumarios administrativos y designar, en cada caso, los fiscales que deban instruirlos. 
 
d) Fallar asuntos contenciosos sometidos a su conocimiento, en conformidad a la ley. 
 
e) Delegar en los Jefes de Unidades que estime pertinentes las facultades administrativas que se le confieren en leyes y reglamentos, cuando las necesidades del Servicio lo requieran. 
 
f) Reglamentar la entrada y salida de personas de los recintos y locales en que se hagan o pueda haber actuaciones aduaneras y movilización de mercancías, sin perjuicio de las atribuciones de otras autoridades competentes 

g) Velar por el depósito de las mercancías que se encuentran bajo custodia de su Aduana. 
 
h) Coordinar, según corresponda, las actividades a su cargo con las de la Dirección del Litoral y Marina Mercante, Dirección General de Aeronáutica Civil, Carabineros y Empresa Portuaria de Chile y sus sucesoras legales, en su respectivo ámbito de competencia, a fin de armonizar las acciones que competen a dichos servicios en el tráfico aduanero. 
 
i) Proponer medidas por resolución fundada, a los despachadores de Aduana hasta por quince días, dando cuenta inmediata de ello al Director Nacional. 
 
j) Fomentar el desarrollo de las competencias de sus funcionarios(as), alineándolos con las definiciones estratégicas, valores institucionales y objetivos del área; generando procesos de retroalimentación constante sobre su desempeño. 
 
k) Promover y velar por la calidad de vida en el trabajo, apoyando acciones para generar entornos laborales saludables basados en el respeto, buen trato y condiciones que permitan conciliar la vida familiar, personal y laboral. 
 
l) Administrar eficaz y eficientemente los recursos asignados, controlar y evaluar el avance y cumplimiento de compromisos, metas, objetivos de la Administración regional, promoviendo el mejoramiento continuo. 

m) Cumplir las instrucciones que la Dirección Nacional del Servicio le imparta. 
 
n) Ejercer las demás facultades que le hayan sido delegadas por el Director Nacional de Aduanas y/o el Director(a) Regional cuando corresponda. 
Decreto con Fuerza de Ley 329, que aprueba la Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas. 
Fecha de promulgación: 16.04.1979. 
Fecha de publicación: 20.06.1979.