VALORACION:Resolucion n°291

RECLAMO Nº 715/10.10.2003   ADUANA METROPOLITANA

 

VISTOS Y TENIENDO PRESENTE:

 

El Reclamo Nº 715/10.10.2003, deducido en contra del Cargo N 650/ 18.08.2003 (fs. 1), por mayor valor del Flete en Guía Madre (fs. 16) que ampara un total de 15 bultos, siendo que se declaró por el señor Agente de Aduanas el Flete indicado en Guía (H) N 4702415 para 5 bultos, que corresponden a la D.I. Nº 3320015852-6/31.01.2002 (fs. 2);

La Resolución Nº 000139/12.05.2004 (fs. 18 y 19), fallo en primera instancia, que modifica el aforo del señor Fiscalizador, dejando sin efecto el Cargo reclamado y la Denuncia formulada, situación que este Tribunal aprueba;

 

La revisión del expediente de reclamación que permite verificar la procedencia de lo solicitado por el reclamante, por haberse declarado el flete efectivo KRW 822080 = US$ 627,95, estipulado en la Guía Aérea (H) N 4702415 (fs. 3 y 12), emitida por DANZAS AEI; no correspondiendo, en consecuencia, considerar el Flete de la Guía Madre tomado en cuenta para su denuncia por el funcionario aduanero;

 

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II de la Resolución Nº 2.400, de 1985;

 

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dic-to la siguiente:

 

 

RESOLUCIÓN:

 

 

CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

 

 

 

 

 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS