Dictamen de Clasificación Nº 49, de 01 Junio 2001
VISTOS:
La solicitud del Agente de Aduanas, Sr. Alan Smith Tapia, quien en representación de una Empresa Forestal y Maderera, pide que se emita un Dictamen que determine la clasificación arancelaria de la mercancía descrita como: TABLEROS DE MADERA SOLIDA .
Notas Explicativas, Sección IX, Consideraciones Generales del Capítulo 44, numeral 2); Notas Explicativas para la Partida 44.07.
Informe Técnico Nº 024, de 15.04.2001, del Departamento Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional; muestra de la mercancía; Dictamen Nº 034, de 27.08.1997 por mercancía similar.
Descripción del proceso de elaboración en presentación.
CONSIDERANDO:
Que, el Laboratorio Químico de esta Dirección Nacional en Informe Técnico Nº 024, de 25.04.2001, manifiesta que la muestra analizada se presenta como un trozo de tablero de madera sólida de 37,5 cms de largo por 20,5 cms de ancho y de 28 mm de espesor; formado por listones de madera de pino radiata (insigne) aserrada longitudinalmente, unidos a tope superior e inferior mediante sistema de entalladuras múltiples, cepillados por todas sus caras. Confeccionado por la unión longitudinal de siete de estos listones, encolados por sus costados. No presenta lengüetas, ni ranuras ni otros trabajos similares. El árbol pino corresponde a plantas de Coníferas.
Que, por tratarse de tableros de madera sólida, formados por listones de pino, aserrados longitudinalmente, cepillados, lijados en su superficie, unidos a tope, por entalladura en los extremos y por encolado en sus costados, de 28 mm de espesor, no presentando ningún otro trabajo aparte de los ya señalados, esta Unidad es opinión que la clasificación arancelaria del producto procede por la partida 4407.1019.
Que, el recurrente en su presentación hace una descripción del proceso de elaboración del producto señalando:
- El proceso de elaboración comienza con el aserrado longitudinal de los troncos en bruto, convirtiéndolos en tablas, según las dimensiones deseadas. La madera a continuación se somete a un proceso de secado en cámaras, hasta dejarlas con un máximo de 12% de humedad.
- Las tablas secas se cortan en pequeños trozos, de manera tal que cada uno de ellos esté exento de nudos, manchas y otros defectos que suele presentar la madera. Seguidamente, estos trozos secos de madera sin nudos se unen a tope mediante el sistema de entalladuras múltiples (finger-joint), formando los listones de diversas dimensiones. Estos se cepillan para dejarlos a escuadra perfecta.
- Luego, los listones se unen por sus costados (edge glue), con una máquina de alta tecnología, utilizando un pegamento del tipo PVA (poli-vinil-acetato), el cual se cataliza con la emisión de rayos de radiofrecuencia UV, actuando solamente sobre el solvente, consiguiendo una gran resistencia mecánica y a la humedad.
- Estos tableros son terminados en su superficie con un lijado de grano 120, dejando sus bordes siempre a escuadra sin otro trabajo sobre ellos, y se fabrican a medida, en diversas dimensiones, y la maquinaria permite construir un tablero de un largo máximo de 5 metros, ancho máximo de 60 cms y espesor desde 18 a 25 mm..
- El producto que se obtiene con este proceso es un tablero de madera sólida, libre de nudos, de excelente presentación y que tiene una gran resistencia físico mecánica y también a la humedad, que se puede elaborar en un amplio rango de dimensiones. Por esta características, los tableros se utilizan fundamentalmente en la construcción para la fabricación de puertas, paneles, closets y cubiertas con madera a la vista, también se ocupan en la industria de los muebles, principalmente para la fabricación de mesas y muebles de cocina y de baño.
Que, la mercancía objeto del presente estudio según se observa a simple vista corresponde a madera de pino radiata en piezas de diferentes dimensiones, conformada por la unión a tope de sus cantos de una serie de listones, que conjuntamente con la unión mediante entalladuras múltiples (finger-Joint) permiten obtener piezas de un ancho y largo de mayores dimensiones.
Que, las Notas Explicativas Sección IX en las Consideraciones Generales del Capítulo 44, en su numeral 2) agrupa a la madera aserrada, desbastada, cortada, desenrollada, cepillada, lijada, unida a tope por entalladuras múltiples (procedimiento que produce una junta encolada parecida a los dedos entrelazados y que consiste en unir a tope trozos más cortos para obtener una pieza de madera de la longitud deseada), o perfiles.
Que, por su parte las Notas Explicativas para la Partida 44.07 comprende, salvo excepciones, la madera aserrada o desbastada longitudinalmente, o bien cortada o desenrollada de espesor superior a 6 mm. Puede también estar cepillada (aunque el ángulo formado por dos lados adyacentes se haya redondeado ligeramente durante esta operación), lijada o unida a tope, por ejemplo, por entalladuras múltiples.
Que, de acuerdo a lo informado en análisis practicado por el Laboratorio Químico, antecedentes aportados por los interesados y a lo que disponen las Notas Explicativas, el producto objeto del presente estudio, se trata de tableros de madera sólida, formados por listones de pino, aserrados, cepillados, lijados en su superficie y unidos a tope, correspondiendo su clasificación por el Item 4407.1019 del Arancel Aduanero.
Que, a mayor abundamiento, mediante Dictamen Nº 034, de 27.08.1997, esta Dirección Nacional se pronunció sobre una mercancía similar.
Que, por tanto,
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.
SE DECLARA:
1. Tableros de madera sólida de pino radiata (insigne), aserrados, cepillados, lijados, conformados por la unión a tope de sus cantos por una serie de listones, que unidos conjuntamente mediante entalladuras múltiples transversales (finger-joint), permite obtener piezas o tableros de dimensiones preestablecidas, su clasificación arancelaria procede por el Subitem 4407.1019.
2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor del presente Dictamen, para cuyos efectos el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).
Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.