Dictamen de Clasificación N° 41, de 01 Octubre 1996

VISTOS:

La presentación de la empresa “Reitz Ingeniería S.A.”, mediante la cual solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria del producto “yoduro de plata”, cuya muestra acompaña.

Informe Nº 114, de 04.09.96, del Departamento Técnico.

Notas Explicativas de la Partida 28.43.

CONSIDERANDO:

Que, el producto materia del presente Dictamen se presenta como un polvo amarillo pálido, inodoro, insoluble en agua y en alcohol, soluble en soluciones de yoduros y cloruros alcalinos.

Que, dicho producto se emplea en la industria fotográfica, en medicina es empleado en suspensiones coloidales como antiséptico para membranas y mucosas.

Que, las Notas Explicativas de la Partida 28.43 señalan que el yoduro de plata (amarillo) es empleado para los mismos usos que el cloruro de plata, vale decir, utilizado en fotografía, en cerámica, en medicina o para platear.

Que, por lo tanto, su clasificación procede por la Subpartida 2843.2900, comprensiva de los demás compuestos de plata.

Que, en mérito de lo expuesto, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Producto “Yoduro de plata”, que se presenta como un polvo amarillo pálido, inodoro, insoluble en agua y en alcohol, soluble en soluciones de yoduros y cloruros alcalinos, su clasificación procede por la Subpartida 2843.2900 del Arancel Aduanero.

2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000(cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.)

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.