Dictamen de Clasificación N° 51, de 27 Noviembre 1996

VISTOS:

La solicitud del Agente de Aduanas, señor Octavio Alvial Basta, en representación de la empresa “NAHUELCO S.A.”, por la cual pide que se emita un Dictamen que determine la clasificación arancelaria que le corresponde a un vehículo motorizado que lleva montado un sistema de inspección por TV para efectuar revisiones técnicas en terreno de tuberías, canales, chimeneas industriales, pozos, túneles y otros lugares de muy difícil acceso.

Notas Explicativas de las partidas 8704 y 8705 del Arancel Aduanero.

Artículo 21 de la Ley Nº 18.483/85 (Estatuto Automotriz).

Folletos y hojas técnicas del vehículo aportados por el Agente de Aduanas recurrente.

CONSIDERANDO:

Que, la mercancía en examen en su aspecto exterior corresponde a un tipo furgón largo marca Renault Trafic T A 12.2.OL, año 1993, dotado de dos puertas laterales y un portón trasero (con 2 ptas.), 1 puerta corrediza lateral derecho, 2 butacas delanteras en la cabina del conductor. Posee motor de 2.0 L Naftero (bencina), 4 cilindros en línea, cilindrada 2.0 (2000 cm3), potencia de 80 CV, transmisión mecánica de 5 velocidades y marcha atrás, tracción delantera, dirección a cremallera y capacidad de carga útil de 1.410 kilos.

Que, en el interior y detrás de la cabina del conductor, el vehículo ha sido diseñado para llevar a cabo funciones de inspección por TV, para cuyo efecto está equipado con monitor de televisión, video grabador, entre otros aparatos electrónicos, como también se encuentra dotado de aparatos eléctricos, tales como, unidad de control de encendido de TV, medidor métrico, que conjuntamente con elementos mecánicos de la misma naturaleza le permite efectuar la revisión técnica, por ejemplo de tuberías de distinta naturaleza.

Que, en este sistema se emplea una pequeña cámara de televisión (de 6” diámetro) que se monta en artefactos flotantes si se trata de lugares acuosos o bien en artefactos con mecanismo de orugas si la zona es seca. Los flotadores miden 50 cm ancho por 110 cm largo, en tanto que los artefactos de orugas están provistos con 130 eslabones de goma para el agarre en las paredes del carro.

Que, las imágenes que captan las pequeñas cámaras de televisión en tuberías ubicadas en zonas acuosas o arenosas donde un operario no tiene acceso por tratarse de sectores de dimensiones reducidas, llegan a los aparatos electrónicos montados en el interior del furgón, donde se efectúan las labores de observación, análisis, mediciones, grabaciones, etc., por expertos en la materia que realiza el sistema de inspección por TV.

Que, los componentes con que ha sido equipado este furgón para cumplir los fines anteriormente mencionados, son los que se señalan a continuación:

- Montaje combinado de cables de transmisión de TV y remolque de 1/2” de diámetro, capacidad de 900 Kg., 300 metros de multicolor, con su correspondiente equipamiento.

- Carrete/malacate de cable de TV con enrollado nivelado mecánico, propulsión por motor eléctrico y transmisión manual de múltiples relaciones, con 1 control eléctrico y mecánico montado sobre el carrete y 1 montaje colector plateado sellado de contacto continuo.

- 1 guinche manual con 300 metros de cable de acero de 1/8”.

- 1 cámara de TV color PRO VIEW RVC 360, de 3” diámetro, visión radial de 360º x 180º, de vista hemisférica para inspección de cañerías a partir de las 6” diámetro, con foco óptico ajustable, automático. Incluye equipo.

- Juego de patines para transporte de cámara, con equipo incluido.

- Unidad de control de encendido de TV color-multiconductor, control modular de montaje central, norma de color NTSC con equipo incluido.

- Monitor de TV color industrial de 14”, resolución de 450 líneas-NTSC color.

- Generador naftero de 4.500 watts de arranque manual.

- Sistema de grabación de video equipado con 1 grabador de video color, norma NTSC, formato VHS y un montaje de cables para la fuente del grabador.

- 1 sistema de ingresos de datos en pantalla data VIEW III con teclado de PC.

- Medidor métrico con lector mecánico local y contador mecánico montado sobre el montaje del carrete de cable de TV.

- 1 equipo de sistema de guía de boca de inspección de cable.

- Tranportador POWER TRAC autopropulsado electrónicamente para camáras CUES de inspección televisada de cañerías, con orugas ajustables a distintos tamaños de tuberías y cañerías de 6” a 15” diámetro y de cualquier material. Incluye equipo de accionamiento y control.

- Flotador LPIS para cámaras de inspección televisada de cañerías CUES, con equipo para su accionamiento.

- Cabezales de luz de alto rendimiento con equipo de reflectores para cámara a color de distintos diámetros.

- Kit de herramientas de mantenimiento, manuales de operación, instrucción y mantenimiento (Video-casette), manual de repuestos (Video-casette).

Que, como se puede apreciar, se trata de un vehículo automóvil especialmente transformado y equipado con dispositivos diversos que lo hace adecuado para realizar un función distinta del transporte propiamente dicho.

Que, los vehículos motorizados para usos especiales se encuentran comprendidos en la Partida coches laboratorios, etc., que no cumplen labores de transporte de personas o de mercancías, al igual que el vehículo materia de este Dictamen.

Que, por consiguiente, el vehículo motorizado provisto de un sistema de inspección técnica, por un procedimiento electrónico para revisión de tuberías, canales, chimeneas industriales, pozos, túneles y otros lugares de muy difícil acceso, se ubica en la subpartida 8705.9000 del Arancel Aduanero.

Que, por otra parte, por tratarse de un vehículo motorizado, año 1993, tiene la calidad de usado y por ende, para determinar la posibilidad de su internación es menester remitirse a lo dispuesto en el artículo 21 de la Ley 18.634/85, cuyo texto expresa: “A contar de la fecha de esta Ley, sólo podrán importarse vehículos sin uso”. Este mismo texto legal especifica que “ Lo dispuesto en el artículo 21 no se aplicará a las ambulancias, coches celulares, coches mortuorios, coches bombas, coches escalas, coches celulares, coches mortuorios, coches bombas, coches escalas, coches barredores, regadoras y análogos para el aseo de vías públicas, coches quitanieves, coches de riego, coches grúas, coches proyectores, coches talleres, coches hormigoneros, coches radiológicos, coches blindados para el transporte de valores, coches para el arreglo de averías, vehículos casa rodante, vehículos para el transporte fuera de carretera y otros vehículos análogos para usos especiales, distintos del transporte propiamente tal...”

Que, el vehículo en análisis se encuentra comprendido en el inciso 2º del aludido Art. 2º, como “otros vehículos análogos para usos especiales” y en consecuencia, susceptible de importarse usado.

Que, por tanto, en mérito de los fundamentos vertidos en párrafos anteriores, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Vehículo motorizado marca RENAULT TRAFIC T A 12.2.OL, año 1993, dotado de equipos electrónicos, eléctricos y mecánicos en el interior de su estructura y destinado a realizar trabajos especiales de inspección técnica de tuberías, canales, chimeneas industriales, pozos, túneles y otros lugares de muy difícil acceso, su clasificación corresponde por la subpartida 8705.9000 del Arancel Aduanero.

2. En conformidad a lo dispuesto en el inciso 2º del artículo 21 de la Ley 18.483/85, puede efectuarse su importación.

3. Entérese en Tesorería la suma de cincuenta mil pesos ($50.000.-), valor del presente Dictamen, para cuyos efectos el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el respectivo cargo.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.