Dictamen de Clasificación N° 47, de 12 Diciembre 1995

VISTOS:

La solicitud del Agente de Aduanas, Sr. Francisco Bernet B., en representación de “Serigráfica Chilena S.A.”, por la cual pide que se emita un Dictamen que establezca la clasificación arancelaria de unos cupones para juego de Lotería.

Notas Explicativas del Capítulo 49 y de la Partida 49.07 del Arancel Aduanero.-

Informe Nº 128, de 17.11.95, del Departamento Técnico.

CONSIDERANDO:

Que, la mercancía materia del presente Dictamen corresponde a un muestrario de cupones para el juego de “Lotería instantánea Jujeña”, (Jujuy, República Argentina), constituidos por papel, en bandas de cinco unidades, cada una de 10,2 cms. de largo x 5 cms.de ancho y 0,20 mm de espesor, aproximadamente, portando en su anverso impresiones y logos a color, con leyendas “!Gane hasta $5.000 en el acto¡”, “premio”, “no raspar”, e instrucciones para juego del tipo raspe y gane.

Que, en el reverso figuran instrucciones relativas a la reglamentación del juego, fecha de vencimiento de emisión, condiciones para pagar boletos premiados, espacio para identificar al comprador del cupón, etc.

Que, según afirma el Despachador, su mandante ha obtenido un contrato de suministro a la República Argentina de estos boletos de Lotería, los cuales son impresos en un papel especial, reciclable y se envían completamente terminados, empleándose el sistema de “Raspe y Gane”, muy utilizado actualmente en juegos de azar, tipo Polla o Lotería.

Que, en el Capítulo 49 del arancel están comprendidos todos los artículos cuya razón de ser se debe al hecho de que llevan impresiones o ilustraciones.

Que, las Notas Explicativas de la Partida 49.07 señalan que los artículos comprendidos en ella, editados por una autoridad determinada (y generalmente destinados a completarse o validarse) tienen como característica representar un valor fiduiciario o convencional superior al valor intrínseco.

Que, se asimila a ellos, cualquier otro documento de similares características, de modo que cabe considerar comprendidos dentro de dicha Partida a los cupones o boletos para juego de lotería, con las características antes señaladas, materia de este Dictamen.

Que, en mérito de lo expuesto, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Cupones para juego de “Lotería instantánea Jujeña”, constituidos por papel, en bandas de cinco unidades, cada una de 10,2 cms. de largo x 5 cms de ancho y 0,20 mm de espesor, figurando en su anverso leyendas alusivas al juego, su clasificación procede por el ítem 4907.0090.

2. Entérese en Tesorería la suma de cincuenta mil pesos ($50.000), valor del presente Dictamen, para cuyos efectos el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el respectivo Cargo.

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.