Dictamen de Clasificación N° 88, de 14 Septiembre 2001

VISTOS:
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La solicitud del Agente de Aduanas, Sr. Celcio Hidalgo Lundstedt, en representación de sus mandantes Sres. ISOTEC LTDA., por la cual pide que se emita un dictamen que determine la clasificación arancelaria que le corresponde a una unidad indivisible, conformada por un Camión usado, marca Mercedes Benz, modelo 2435, dotado de un Equipo de alta presión, marca WOMA, tipo 480 Z – P 40. Unidad acondicionada para la prestación de servicios de limpieza industrial.

 

Notas Explicativas, Consideraciones Generales del Capítulo 87, Notas de la Partida 87,05; Set de fotografías; Certificado de WOMA Apparatebau GMBH; Ley Nº 18.483, D.O. de 28.12.1985 (Estatuto Automotriz), Artículo 21.

 

CONSIDERANDO:
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Que, la mercancía materia del presente estudio arancelario, consiste en una Unidad indivisible conformada por un Camión usado, marca Mercedes Benz, modelo 2435, serie Nº WDB 658413-15-443252, año fabricación 1989, de tres ejes, a cuyo chassis se le ha montado un contenedor de veinte pies (20) con aislamiento acústico y soldado en forma definitiva a los bastidores, haciendo imposible su separación, al propio tiempo que en su interior se encuentra acondicionado un marco de acero sobre el cual está férreamente unido un Equipo de alta presión, marca WOMA, tipo 480Z P-40, unidad compuesta de:

 

- Un motor diesel marca Volvo Penta, tipo TWD 1630 P, con una potencia de 368 KW DIM 6271.

 

- Bomba de alta presión marca WOMA, tipo 480 Z P-40, operada vía control remoto.

 

- Estanque de agua con capacidad de 2.000 litros.

 

- Tableros de control, filtros, elementos neumáticos y eléctricos, sistemas de seguridad y otros que permiten una eficiente operación de la unidad.

 

Que, estructuralmente el equipo obedece a las siguientes características:

 

CAMION: Se trata de un vehículo transformado con un chassis reforzado para montar un container reacondicionado con aislamiento acústico proyectado para el acondicionamiento del equipo de alta presión, que en combinación con accesorios y herramientas neumáticas de gran tecnología permiten realizar una amplia gama de trabajos en instalaciones industriales.

 

 

UNIDAD DE ALTA PRESION: Funciona en forma totalmente autónoma y esta controlada mediante un computador con sistema de protección en caso de falla o emergencia. La unidad de alta presión WOMA 480 Z P-40 obedece a las siguientes dimensiones:

 

- Largo : 9,51 mts.

- Ancho: : 2,60 mts.

- Alto : 3,60 mts.

- Peso total : 19.460 kgs.

 

Estas bombas de émbolo para alta presión se diseñan y fabrican para caudales de hasta 900 lts/min, accionadas con motores eléctricos o de combustión de hasta 450 kW y presiones de hasta 2500 Bares. Existe para su funcionamiento una amplia gama de accesorios que pueden ser accionados manualmente o a través de sistemas automáticos. El medio de bombeo puede ser agua potable recirculada o salada, así como dispersores, emulsores o aceites ligeros. Además, los Equipos de alta presión WOMA tienen un amplio campo de utilización en industrias tales como; Automovilística y aeronavegación, de la construcción y hormigón, de la minería, de la química, del hierro, del acero y metales, de la energía, de bebidas, del vidrio, porcelana y cerámica, de la madera, de servicios municipales, de la agricultura, en trabajos de despintado de acero o concreto, remoción de capas plásticas, limpieza de cualquier tipo de superficie o incrustaciones, intercambiadores de calor, condensadores, superficies, estructuras, etc.

 

Que, en lo específico, las Consideraciones Generales del Capítulo 87, señalan que con excepción de ciertas máquinas móviles de la Sección XVI, (véanse a este respecto las Notas Explicativas de la partida 87.01, 87.05 y 87.16) el presente Capítulo 87 comprende un conjunto de vehículos terrestres, distinguiendo entre éstos en su numeral 2) “Los vehículos automóviles para el transporte de personas (ps. 87.02 y o para usos especiales (p. 87.05).87.03), de mercancías (ps. 87.04)

 

Que, en lo puntual las Notas Explicativas para la Partida 87.05 expresan que en ellas se comprende un conjunto de vehículos automóviles, especialmente construidos o transformados, equipados con dispositivos o aparatos diversos que les hacen adecuados para realizar ciertas funciones distintas del transporte propiamente dicho.

 

Que, efectivamente, el caso en estudio se trata de un camión transformado que no puede ser destinado al transporte de mercancías, ya que esta constituido por un chassis reforzado en el que se ha montado en forma permanente y férrea un “Equipo de alta presión WOMA TIPO 480 Z – P 40”.

Que, conforme a los antecedentes aportados, y Notas Explicativas del Arancel Aduanero, el Camión con equipo de alta presión, para prestar servicios de limpieza industrial procede ser clasificado por la Subpartida 8705.9000 del Arancel Aduanero.

 

Que, en cuanto a la condición de usado del ingenio, la Ley Nº 18.483, (D.O. 28.12.85) en su Artículo 21 dispone que sólo se podrán importar vehículos sin uso. Sin embargo esta restricción no se aplica a las ambulancias, coches mortuorios, coches escalas, coches grúas, vehículos para el transporte fuera de carretera y otros vehículos análogos para usos especiales distintos del transporte propiamente dicho.

 

Que, acorde con lo expresado en los considerandos precedentes, el Camión dotado con un equipo de alta presión corresponde ser clasificado por la Posición 8705.9000 del Arancel Aduanero y por ende es calificado como de importación permitida conforme a lo dispuesto en la Ley Nº 18.483/85 (Estatuto Automotriz).

 

Que, por lo tanto, y

 

TENIENDO PRESENTE:
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Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

 

SE DECLARA:
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1. Camión, marca Mercedes Benz, modelo 2435, serie Nº WDB65841315443252, año 1989, equipado con un “Sistema de alta presión, marca WOMA, tipo 480 Z P-40, compuesto de un motor diesel marca Volvo Penta tipo TWD 1630 P, bomba de alta presión, estanque de agua con capacidad de 2.000 litros, tableros de control, filtros, elementos neumáticos y eléctricos, sistema de seguridad y otros para una eficiente operación, utilizado en la limpieza industrial, su clasificación corresponde por la Subpartida 8705.9000 del Arancel Aduanero.

 

2. Entérese en Tesorería la suma de cincuenta mil pesos ($ 50.000.-) valor del presente Dictamen, para cuyo efecto el Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

 

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.