Clasificación
Fallo Segunda Instancia N° 050, de 25.01.2005
RECLAMO Nº 185, DE 25.08.2004
ADUANA METROPOLITANA
D.I. Nº 3490028344-1, DE 17.08.2004.
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA Nº 389, DE 16.11.2004.
FECHA NOTIFICACIÓN: 25.11.2004.
VISTOS:
El Oficio Ordinario Nº 1675, de 03.12.2004, del Juez Director Regional de Aduana Metropolitana.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los artículos Nºs 124 y 125 de
SE RESUELVE:
CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.
Anótese y comuníquese.
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA N° 389, DE 16 NOVIEMBRE 2004
VISTOS:
La presentación interpuesta a fojas uno y siguientes por el Agente de Aduanas señor Jorge Vega Díaz., por cuenta de los Sres. CTI CIA TECNO INDUSTRIAL S.A. RUT. Nº 90.274.000-7, mediante la cual requiere la aplicación de las ventajas del Acuerdo de Complementación Económica Nº 35 Mercosur entre Chile y Argentina, para
CONSIDERANDO:
Que, posteriormente el recurrente solicita aplicación de Régimen MERCOSUR , a mercancías provenientes de Argentina y solicitadas a régimen general, por no contar con el Certificado de Origen respectivo, al momento de confeccionar
Que, se indicó en la citada D.I. un bulto con 56,00 KB, conteniendo arandelas de muelles, de fundición de acero, clasificadas en
Que, las mercancías señaladas se encuentran pactadas en ACEM 35, con 100% Advalorem
Que, se cuenta con el original del Certificado de Origen Nº 117121, emitido por
Que, no existe jurisprudencia directa sobre esta materia; y
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en los Artículos Nºs 123º y 124º de
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA:
1.-MODIFIQUESE el aforo en
2.-APLIQUESE el Régimen de Importación previsto en Acuerdo Chile y Mercosur con 0% Advalorem para
3.-PROCEDE devolver lo pagado en exceso.
ANOTESE, NOTIFIQUESE Y ELÉVENSE estos antecedentes en consulta al señor Juez Director Nacional de Aduanas, para su fallo final.