Azucar desde 1 de Mayo de 2007 al 31 de Mayo de 2007
Azúcar desde el 1 de Mayo del 2007 al 31 de Mayo de 2007
PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHO ESPECIFICO EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS El Decreto del Ministerio de Hacienda 323, publicado en el Diario Oficial el 27 de Abril de 2007, establece a contar del 1 de Mayo de 2007 y hasta el 31 de Mayo de 2007. "Que en el caso del azucar refinada grados 1 y 2, el precio de referencia se ubica sobre el techo de la banda vigente, aplicando la siguiente rebaja al Arancel Aduanero. En el caso de azúcar cruda y, az car refinada de los grados 3, 4 y subestandares, el precio de referencia se ubica por debajo del piso de la banda vigente, aplicando los siguientes Derechos Especificos.
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