vALORACION : RESOLUCION N° 102

RECLAMO Nº 106/16.02.07
ADUANA METROPOLITANA
 

VISTOS:


El Reclamo Nº 106/16.02.07 interpuesto por el Agente de Aduanas Sra. Carolina Sánchez A., en representación de la Empresa SIEMENS S.A., mediante el cual reclama el valor aduanero señalado en Declaración de Ingreso N° 4100330055-0/10.01.07

El fallo de primera instancia, Resolución Nº 337/07.05.07 (fjs. 18 al 19), que acepta modificar el valor aduanero declarado en la precitada destinación, en razón a que analizados los antecedentes adjuntos al expediente se puede comprobar que efectivamente hubo un error  al considerar el valor establecido en factura comercial N° 8189795/06 bajo cláusula de venta  CIF, no obstante, la indicada en ese documento es Ex Fábrica.

 

CONSIDERANDO:

Que, del análisis del expediente este Tribunal de segunda instancia ha podido comprobar que efectivamente existe una error por parte del despachador,  al considerar como CIF el valor consignado en Factura Comercial N° 8189795/06 de US$ 2.378, cuando claramente se señala como EX FABRICA.

Que, conforme a lo anteriormente expuesto, se establece como nuevo valor aduanero el monto de US$ 2.681,77, procediendo, en consecuencia, a confirmar el fallo de primera instancia.                                                                    

                                                                                             

TENIENDO PRESENTE:


Lo dispuesto en el Decreto de Hacienda Nº 1134/02 sobre Reglamento del Valor GATT/94,los preceptos del Cap. II de la Resol.. 4543/03 DNA, y las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16 del D.F.L. Nº 329/79, dicto la siguiente:

RESOLUCION:

 

1.-  CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA


JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS