Fax Circular N° 77546

Imparte instrucciones respecto a la numeración de los Formularios de Liberación del artículo 35 ley N° 13039.

MAT.: Imparte instrucciones respecto a la numeración de los Formularios de Liberación Artículo 35 Ley 13039.

ANT.: Resolución N° 5678 de 16.11.2010 DNA.


DE: JEFA DEPARTAMENTO NORMATIVO DNA

A : SRES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
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1.- Como es de vuestro conocimiento, mediante Resolución N° 5678 de 16.11.2010 se modificó el Capítulo III del Compendio de Normas aduaneras, en el sentido de incorporar un nuevo formulario simplificado de Declaración de Importación y Pago Simultáneo denominado "Carga y Franquicias".

2.- Como una medida de control y fiscalización de las DIPS que amparan mercancías acogidas a los beneficios del artículo 35 de la Ley 13039, se incorporó una validación computacional respecto a la identificación del número y fecha de la Solicitud de Liberación de Derechos autorizada por la respectiva Aduana.

3.- Consecuente con lo anterior, y para evitar una duplicidad en la numeración de estos documentos y rechazo computacional al momento de la validación, se ha determinado que al momento de la confección de estas Solicitudes de Liberación, las Aduanas utilicen una numeración correlativa ascendente indefinida, aunque cambie el año de emisión, conformada por ocho dígitos, siendo los dos primeros asignados al código que identifica a la respetiva Aduana, a vía de ejemplo: La Aduana de Arica le corresponderá el número 03000001 Esta numeración deberá utilizarse a partir del 01 de Enero del 2011.

Lo que comunico a ustedes para vuestro conocimiento y aplicación.


Saluda atentamente a ustedes,


ESTER VERGARA ORMAZABAL
JEFA DEPARTAMENTO NORMATIVO (S)

 


EVO/GMA