Azucar desde 1 de Agosto al 31 de Agosto del 2011

PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS

El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 620 , publicado en el Diario Oficial el 28 de Julio del 2011, establece que a contar del 1 de Agosto 2011 y hasta el 31 de Agosto 2011.  las siguientes rebajas a las sumas que corresponda pagar por derechos Ad - Valorem del Arancel Aduanero a la importación de Azúcar Cruda, Azúcar Refinada grados 1 y 2y Azúcar Refinada Grados 3, 4 y Subestándares, por cuanto el precio de referencia se ubica por sobre el techo de la banda vigente 

CODIGO

GLOSA

1701.1100

De caña

 

1701.1200

De remolacha

 

1701.9100

Con adición de aromatizante o colorante

 

1701.9910

De caña, refinada

 

1701.9920

De remolacha, refinada

 

1701.9990

Los demás

 

REBAJA

DERECHO ESP.

TIPO DE AZUCAR

     US$ / TON

       US$ / KG

Azúcar cruda

        328,53

          

Azúcar refinada grados 1 y 2

        491,13

Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestándares

   393,57