VALORACION: RESOLUCION N° 203
Reclamo Nº 856/06.11.2009
Aduana Metropolitana.
VISTOS:
Estos antecedentes y la Resolución de Primera Instancia Nº 192, del 31.03. 2011 que acogió lo solicitado por el Abogado, Sr. Víctor Galilea P., en representación de Sres. Telefónica Móviles Chile S.A., en el sentido de acceder a modificar el valor Aduanero declarado en DIN N° 5100139012-4 aceptada a trámite en Aduana Metropolitana el 24.08.2009, por cuanto en la gestión del referido documento, en especial en la conformación del valor se suscribió un monto FOB US$ 792.641.66 correspondiente a 1.320 unidades de teléfonos celulares, marca Apple, 3 G, 16 G, origen USA., en circunstancias que 720 unidades arribaron al país en una fecha posterior, importadas mediante DIN N° 5100139174-0 del 27.08.2009 de esa Aduana.
Que, del análisis de los antecedentes adjuntos al expediente se desprende que la suma de US$ 25.941.02 indicada en Informe de Reclamo, a fs. 35, y en Considerando N° 4.- del fallo de Primera Instancia, a fs. 55 a 57, corresponde, exclusivamente, a ingreso en exceso en arcas fiscales por concepto de Derecho Advalorem. y existe además una doble tributación por 720 unidades, lo que es necesario corregir en esta instancia, por corresponder, razón por la cual este tribunal determina confirmar lo resuelto en primera instancia;
TENIENDO PRESENTE:
Los Artículos 117° y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, y las facultades que me confiere el Artículo 4º Nº 16 del D.F.L. Nº 329, de 1979, dicto la siguiente:
RESOLUCIÓN :
CONFIRMESE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA
JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS