Fallo de Segunda Instancia N° 066, de 15.03.2012

RECLAMO N° 228, DE 09.03.2009 (ACUMULADO)
ADUANA SAN ANTONIO
DIN N°s. 1040034178-3 DE 20.03.2006,
1040036756-1 DE 21.08.2006.
CARGOS N°S. 1748 y 1749.
AMBOS DE 11.11.2008
RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA N° 197, DE 05.10.2011.
FECHA DE NOTIFICACIÓN: 07.10.2011

VISTOS:

Estos antecedentes: el Oficio Ordinario N° 014, de fecha 18.01.2012, del  Sr Juez Administrador de la  Aduana de San Antonio.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el artículo 125 y 126 de la Ordenanza de Aduanas.

SE RESUELVE:

Confirmase el Fallo de Primera Instancia.

Anótese y comuníquese

RESOLUCIÓN DE PRIMERA INSTANCIA N° 197, DE 05.10.2011.                  

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El reclamo N° 228 /09.03.2009, interpuesto de conformidad al artículo 117 y siguientes de la Ordenanza de Aduanas, por el importador Carlos Cavieres Acuña, solicitando dejar sin efecto el cargo N° 1748 Y 1749/11.11.2008, emitido en su contra. La Acumulación  de los Cargos  reclamados,  que recaen en declaraciones de la misma Empresa, sobre idéntica materia, el mismo deudor, formulados en las siguientes Declaraciones  con sus respectivos cargos ;

DIN N°                      Fecha                Cargo                Fecha

1040034178-3       20.03.2006         1748              11.11.2008

1040036756-1       21.08.2006         1749              11.11.2008

La Resolución  de fecha 27.08.2010 del Juez Director Nacional, que declara la nulidad de todo lo obrado, retrotrayendo el expedientes al estado de dictar un nueva Resolución de admisibilidad a fojas ciento cuatro  (104) y  ciento cinco (105).-

El Informe  emitido por el Fiscalizador señor Sergio Riveras Santis , de fojas ciento trece (113)   a ciento dieciséis(116).-

El escrito del recurrente  de fojas uno (1) a nueve (9) mediantes el cual alega la prescripción de los cargos antes citados, de conformidad al artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas .-

Que, los cargos  señalados anteriormente  se encuentran formulados  fuera del plazo de un año contados  dese la fecha  de legalización  de las declaraciones, que establece la norma anterior.-    

Las  resoluciones de Segunda Instancia número  218 , 219 ,220 y 221 todas de fecha 11.04.2011, del Juez Director Nacional  que versan sobre idéntica norma , han sido resueltas de conformidad al plazo prescrito en el citado artículo.-

Lo dispuesto en el artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas.

TENIENDO PRESENTE

Los antecedentes  que obran en  esta causa, las facultades que me confiere el art. 17 del D.F.L. 329/79 y lo dispuesto en el artículo  92 de la Ordenanza de Aduanas, dicto

La siguiente;

RESOLUCION:

1.- DEJESE SIN EFECTO, Los  Cargos N° 1748  , 1749  de fecha 11.11.2008, formulado al importador  señor CARLOS CAVIERES ; RUT N° 5.574.719-9, teniendo presente  exclusivamente  que fue emitido fuera del plazo legal.-

2.- ELEVENSE, los antecedentes  en consulta al Sr. Juez Director Nacional.-

ANOTESE Y COMUNIQUESE.