Fax Circular N° 26318

Instruye sobre aplicación provisional de sobretasa arancelaria a maíz de la partida 1104.2300.

MAT.: Instruye respecto a la aplicación de una sobretasa arancelaria de 10.8% a las importaciones "Maiz" clasificada en el código arancelario 1104.2300.

ANT.: Decreto de Hacienda N° 495 de 26.04.2012 D.O. 27.04.2012

 

DE: SUBDIRECTOR TECNICO

A : SRES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA


1.- Me permito comunicar a ustedes, que mediante decreto N°495 de fecha 26.04.2012, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial del día 27.04.2012, se estableció como medida de salvaguardia provisional, una sobretasa arancelaria ad valorem de 10.8% a las importaciones de "maíz partido clasificadas en el código arancelario 1104.2300".

2.- Dicha sobretasa arancelaria provisional aplicada a las importaciones del maíz partido regirá desde su publicación en el Diario Oficial hasta la publicación en éste de la decisión que resuelva la aplicación o no de medidas definitivas.

3.- Para la confección de la Declaración de Ingreso (DIN) y la validación computacional de la aplicación SICOWEB, el monto de la sobretasa arancelaria equivalente al 10.8% sobre el CIF o Valor Aduanero, deberá imputarse bajo el código 224, y formará parte de la base impositiva del Impuesto al Valor Agregado (IVA).

Lo que comunico a ustedes para su conocimiento y aplicación.

 


GERMAN FIBLA ACEVEDO
SUBDIRECTOR TECNICO (S)

 

GFA/GMA