Azucar desde 16 de Agosto de 2008 al 31 de Agosto de 2008
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PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 779, publicado en el Diario Oficial el 29 de Julio de 2008, establece a contar del 1 de Agosto de 2008 y hasta el 31 de Agosto de 2008. la aplicación del siguiente Derecho Especifico a la importación de Azúcar Cruda, además la siguiente Rebaja que se indica a la suma que corresponde pagar por derecho Ad Valorem del Arancel Aduanero a la importación de Azúcar refinada grados 1 y 2, como tambien establécese la aplicación solamente del derecho General Ad Valorem, a la importación del Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestándares.
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