Convocatoria Contingentes Azúcar 2008 - Resolución 5291

VALPARAÍSO,   01.10.2007  

VISTOS:   

Lo dispuesto en el artículo 1º de la ley Nº 19.772, que establece un contingente arancelario,  libre de derechos de aduana,  para las importaciones de azúcar;  en el artículo segundo transitorio  de la ley Nº 19.897  y en la Resolución Exenta N° 4062 de 29 de octubre de 2003,  de esta Dirección Nacional.

CONSIDERANDO:

Que,  de conformidad con el artículo segundo transitorio de  la ley Nº 19.897,  el Presidente de la República,  en el marco de profundización de acuerdos comerciales,  se encuentra facultado para establecer preferencias arancelarias con cargo a los contingentes señalados en el artículo 3º de la misma ley.  

Que,  por Oficio Ordinario Nº 885 de 28 de septiembre de 2007,  el Ministerio de Hacienda ha instruido a este Servicio para que adopte las medidas que correspondan tendientes a permitir el otorgamiento de preferencias arancelarias durante el año 2008 con cargo a los contingentes que se señalan en la parte resolutiva de esta resolución y permitir que las restantes tres mil toneladas anuales libre de derechos de aduanas del contingente de 15.000 toneladas puedan ser utilizadas en un momento diferente,  según  lo solicitado por el Ministro de Relaciones Exteriores,  por instrucciones del Presidente de la República,  a través de Oficio Nº 4148,  de fecha 27 de septiembre de 2007.

Que,  de conformidad con el número 2 de la Resolución Exenta Nº 4062/03 y los antecedentes citados,  corresponde convocar al primer proceso de asignación de los contingentes arancelarios de azúcar libres de derechos de aduana,  establecidos en el artículo 1º de la ley Nº 19.772,  con exclusión de 3.000 toneladas del contingente de 15.000 toneladas de las subpartidas arancelarias 1701.91 y 1701.99;  y


TENIENDO PRESENTE:
 
Lo dispuesto en la Resolución Nº 520/96 de la Contraloría General de la República,  sobre exención del trámite de toma de razón;  en el inciso quinto del artículo 1º de la ley N° 19.772,  incorporado por el artículo 3° de la ley Nº 19.897;  y las facultades que me confieren los números 7 y 8 del artículo 4° del D.F.L. N° 329/79,  del Ministerio de Hacienda,  Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas,  dicto la siguiente:

RESOLUCION:

CONVÓCASE al primer proceso de postulación para la asignación de los contingentes arancelarios de azúcar establecidos en el artículo 1º de la ley Nº 19.772,  por las cantidades que en cada caso se indican,  correspondientes al año 2008,  de conformidad con lo dispuesto en el número 2 de la Resolución Exenta Nº 4062/2003.

Subpartida/ítem
Arancel Aduanero
Cantidad contingente
(en toneladas)
Distribución por país de origen Toneladas
1701.99 60.000 Argentina 21.000
Guatemala 16.700
Brasil 9.700
Otros* 12.600
1701.9100 30.000 Colombia 15.000
Cualquier origen** 15.000
1701.91y 1701.99 12.000 Bolivia 6.000
Colombia 6.000
TOTAL 102.000   102.000
* “otros” no incluye Argentina, Guatemala y Brasil.
** “Cualquier origen” incluye Colombia.


FÍJASE el siguiente calendario de actividades para el proceso de asignación año 2008

Publicación de la convocatoria:    Viernes 5 de octubre.
Cierre de postulaciones:    Lunes 22 de octubre, hasta las 19:00 horas.
Plazo para subsanar omisiones en postulación:    Lunes 29 de octubre, hasta las 19:00 horas.
Notificación de la asignación provisoria:    Martes 13 de noviembre.
Plazo para presentar solicitud de revisión:    Viernes 23 de noviembre, hasta las 19:00 horas.
Notificación de la asignación definitiva:    Lunes 10 de diciembre.


Los contingentes asignados deberán importarse a partir del 1º de enero de 2008 y hasta antes del día primero de octubre de 2008.

ANÓTESE, COMUNÍQUESE, PUBLÍQUESE LA CONVOCATORIA EN EXTRACTO EN UN DIARIO DE CIRCULACIÓN NACIONAL Y EN EXTENSO EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS




                SERGIO MUJICA MONTES
                DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS