Dictamen de Clasificación N° 07, de 03.04.2009
VISTOS:
La solicitud de la Agente de Aduanas Sr. Gonzalo de Aguirre Gallegos, en representación de la firma Soquimich S.A., requiere que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación arancelaria, del producto denominado Ultrasol Magk B.
Muestra y especificaciones del producto; Informe N° 11, de 25.03.2009, del Subdepartamento Laboratorio Químico; Notas Explicativas de las partidas 31.04.
CONSIDERANDO:
Que, por Informe N° 11, de 25.03.2009, el Subdepartamento Laboratorio Químico, señala que la muestra analizada se presenta como un producto particulado fino de color blanco, soluble en agua, pH 7 app, reacciones positivas de potasio, magnesio, cloruros y sulfatos.
Que, el producto es de origen natural y que ha sido obtenido a partir de una salmuera madre extraída del Salar de Atacama, que ha sido enriquecida en sales de potasio con presencia de otras sales que son sinérgicas respecto de la acción del elemento potasio como fertilizante
Que, de acuerdo a la información técnica enviada por Soquimich S.A. su composición es la siguiente:
Carnalita : 34-35% (cloruro de potasio y cloruro de magnesio)
Kainita : 25-35% (cloruro de potasio y sulfato de magnesio)
Halita : 20-25% (cloruro de sodio)
Sulfatos y Boratos : Inferior al 10%
Que, de acuerdo a la información virtual de SQM y hoja técnica, el producto es un fertilizante del tipo (NPK) 0-0-11, cuya composición porcentual es:
Potasio (K2O) : 12,7%
Magnesio (MgO) : 11,0%
Azufre (SO4) : 21,8%
Cloro (cloruro) : 26,7%
Boro : 0,2%
Que, la Nota 1 del Capítulo 25 señala que los tratamientos químicos no deben cambiar la estructura química del producto y que pueden enriquecerse por flotación, por separación magnética, u otros procedimientos mecánicos o físicos, excepto la cristalización.
Que, al respecto, de acuerdo a la descripción del proceso que hace SQM S.A., el producto a exportar ha sido separado, en la Planta de Obtención de Sulfato de Potasio y posteriormente cristalizado.
Que, la nota 4 del capítulo 31, señala que están incluidas en la partida 31.04 las sales naturales en bruto, tales como carnalita, kainita,etc.
Que, técnicamente, el Ultrasol Magk B, considerando su composición, comercialización y uso corresponde a un fertilizante potásico del ítem 3104.9090 del Arancel Aduanero.
TENIENDO PRESENTE:
Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.
SE DECLARA:
1.- Producto denominado Ultrasol Magk B, que se presenta como un producto particulado fino, de color blanco, soluble en agua, pH 7 app, reacciones positivas de potasio, magnesio, cloruros y sulfatos, obtenido a partir de una salmuera madre extraída del Salar de Atacama, que ha sido enriquecida en sales de potasio con presencia de otras sales que son sinérgicas respecto de la acción del elemento potasio como fertilizante. Su composición es carnalita: 34-35 % (cloruro de potasio y cloruro de magnesio); Kainita:25-35% ( cloruro de potasio y sulfato de magnesio); Halita: 20-25% (cloruro de sodio) y sulfatros y Boratos inferior al 10%. De acuerdo a la ficha técnica es un fertilizante potásico del tipo (NPK) 0-0-11 cuya composición porcentual es Potasio (K2O) 12,7%, Magnesio (MgO) 11,0%, Azufre (SO4) 21,8%, Cloro (cloruro) 26,7%. Boro 0,2% y demás características especificadas en la parte considerativa del presente Dictamen, su clasificación procede por el ítem 3104.9090 del Arancel Aduanero.
2.- Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000.- (cincuenta mil pesos), valor de este
Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso, formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago ( G.C.P).
3.- Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.