Dictamen de Clasificación N° 27, de 28 Julio 1995

VISTOS:

La presentación efectuada por el Agente de Aduanas, señor Ricardo Fuenzalida Polanco, en representación de "Ayward S.A.", mediante la cual solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación en el Arancel Aduanero de un vehículo automotor para el transporte de mercancías, marca "Gaz", modelo 6611.

Catálogo comercial del vehículo motorizado.

Notas Explicativas del Capítulo 87 del Arancel Aduanero.

CONSIDERANDO:

Que, la mercancía objeto de este estudio arancelario consiste en un vehículo automotor en su versión standard, marca "Gaz", modelo 6611, cuyas capacidades funcionales se aumentan merced a la instalación de carrocerías diferentes y equipo especial al chasis, siendo sus características más relevantes las siguientes:

Marca : Gaz.

Modelo : 6611.

Año : 1995.

carburador, de gasolina.

Número de cilindros y su : En V, de 8 cilindros.

disposición

Ruedas de dirección. : 4 x 4.

Velocidad con plena carga : 90 Km/h.

Capacidad de carga : 2.000 Kg.

Masa del vehículo equipado : 3.090 Kg.

Tipo de mecanismo de : Tornillo globoidal con

dirección. rodillo triple.

Servodirección : Hidráulica.

Tensión en la red. : 12 V.

Cabrestante : 3.550 Kg. esfuerzo máximo de cuerda con 50 m. de largo.

Anchura entre ruedas : 1.800 mm. delanteras.

1.750 mm. traseras.

Dimensiones exteriores. : 5.805 mm. X 2.322 mm. X

2.440 mm.

Capacidad de paso. : Arena, 80 cm. Agua (vado), 100 cm. Cuesta, 39 grados.

Que, el vehículo en examen está fabricado en base a especificaciones técnicas comunes, cuya construcción, infraestructura motriz, carrocería unitaria y demás dispositivos le proporcionan las características de un vehículo destinado a la carga de mercancías.

Que, con excepción de ciertas máquinas móviles de la sección XVI, el Capítulo 87 comprende el conjunto de vehículos terrestres, incluyendo, por tanto, a los vehículos automóviles para el transporte de mercancías (Partida 87.04).

Que, la Partida 87.04 comprende, entre otros, principalmente, a los camiones y camionetas corrientes (de plataforma, con caja, con toldo, cerrados, etc), los vehículos de reparto de cualquier clase, etc., condicionando su clasificación, en lo que nos interesa, de acuerdo al encendido, ya sea por compresión o por chispa y de su peso total con carga máxima.

Que, en este caso, por corresponder la mercancía a un vehículo con motor de émbolo o pistón de encendido por chispa y su peso total con carga máxima es superior a 5 toneladas, su clasificación es procedente por el ítem 8704.3220 del Arancel Aduanero.

Que, en virtud de los considerando precedentemente expuestos, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Vehículo automotor en su versión standard para el transporte de mercancías, marca "Gaz", modelo 6611, con capacidad de carga de 2.000 kgs., motor a gasolina , peso total (equipado) con carga máxima superior a 5.000 kgs. y demás características técnicas expuestas, su clasificación es procedente por el ítem 8704.3220 del Arancel Aduanero.

2. Entérese en Tesorería la suma de $ 50.000,00 (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.