Dictamen de Clasificación N° 39, de 17 Septiembre 1996

VISTOS:

La presentación efectuada por el Agente de Aduanas, señor Alfredo Ramírez Páez, en representación de "Pesquera Yelcho S.A.", mediante la cual solicita que esta Dirección Nacional emita un Dictamen que establezca la correcta clasificación en el Arancel Aduanero de un producto que denomina "10-Pol".

Informe Nº 116, de 05.09.96, del Departamento Técnico.

Cartilla técnica de los fabricantes ("Custom Blenders").

Certificado de sanitización del Departamento de Agricultura del Departamento de Washington de los Estados Unidos de Norteamérica.

Notas Explicativas del Capítulo 21 del Arancel Aduanero.

CONSIDERANDO:

Que, la mercancía objeto de este estudio arancelario denominada "10-Pol Additive", consiste en una preparación presentada como polvo fino, de color blanco, soluble en agua, reacción alcalina, constituido por azúcar, sorbita y fosfatos sódicos.

Que, corresponde a una preparación utilizable como aditivo alimenticio crioprotector en la elaboración del producto de origen pesquero denominado "Surimi".

Que, según hoja técnica de los fabricantes, dicho producto contiene un 53,76% de sorbitol; un 43,01% de azúcar; un 1,61% de tripolifosfato de sodio y un 1,61% de pirofosfato de tetrasodio.

Que, la Sección IV de la Nomenclatura comprende productos que han sido objeto de tratamientos que exceden lo permitido en las Secciones I y II y que, generalmente, estos productos son conocidos como "preparaciones", englobando en el Capítulo 21 a las preparaciones alimenticias diversas.

Que, con la condición de que no estén clasificadas en otras partidas más específicas de la Nomenclatura, la partida 21.06 comprende las preparaciones compuestas total o parcialmente por sustancias alimenticias que se utilizan en la preparación de bebidas o de alimentos para el consumo humano.

Que, en virtud de los considerandos precedentemente expuestos, y

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Reglamento de Dictámenes.

SE DECLARA:

1. Producto "10-Pol Additive", consiste en una preparación presentada como polvo fino, de color blanco, soluble en agua, reacción alcalina, constituido por azúcar, sorbita y fosfatos sódicos, su clasificación es procedente por el ítem 2106.9090 del Arancel Aduanero.

2. Entérese en Tesorería la suma de $50.000,00 (cincuenta mil pesos), valor de este Dictamen, para cuyo efecto el Sr. Director Regional de la Aduana de Valparaíso formulará el Cargo correspondiente y emitirá el respectivo Giro Comprobante de Pago (G.C.P.).

Anótese, comuníquese y publíquese en el Boletín Oficial del Servicio.