Fax Circulares Diciembre 2006

Fax Circular N 112566 - Valparaíso, 28.12.06

MAT.: Imparte instrucciones respecto a la confección de DIN que abonan o cancelan un régimen suspensivo (DAPI; DAT; DATPA, ST. o DUS 1 Mje), como consecuencia de la aplicación de la 4 Enmienda del Arancel Aduanero que comienza a regir a contar del 01.01.2007.

ANT.: Dcto. Hda. N 997 D.O.16.12.06 Oficio Circ N 455 de 08.09.2006.

DE: SUBDIRECTOR TECNICO
A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
 

1.- Como es de vuestro conocimiento, mediante Decreto de Hacienda N 997 D.O.16.12.06 se modifica el Arancel Aduanero Nacional de acuerdo a la Cuarta Recomendación de Enmienda a los textos de la Nomenclatura del Sistema Armonizado de Designación y Codificación de Mercancías, efectuada y aprobada por el Consejo de Cooperación Aduanera, que entrará en vigencia el 01 de enero de 2007.

2.- Este nuevo Arancel Aduanero Nacional contempla una serie de modificaciones a las partidas y subpartidas y/o productos incorporados y excluidos en la versión 2007, lo que significa en algunos casos la eliminación, la permanencia o creación de nuevas clasificaciones arancelarias del Sistema Armonizado.

3.- Consecuente con lo anterior, y como una forma de agilizar la tramitación por vía electrónica, esta Dirección Nacional ha determinado que aquellas declaraciones de destinación aduanera que cancelan o abonan un régimen suspensivo o DUS 2 Mensaje, deberán confeccionar dicho documento con la clasificación arancelaria del producto de acuerdo a la versión 2007 del Sistema Armonizado, no obstante el DAPI, DAT, DATPA, ST.; o DUS 1 Mensaje, se encuentren con la posición arancelaria de la versión 2006.

4.- Para estos casos, el Agente de Aduana, deberá consignar en el recuadro Observaciones Banco Central de Chile SNA, la clasificación arancelaria que le corresponde al producto clasificado en la versión 2006.

Lo que comunico a usted, para su conocimiento, aplicación y divulgación.

Saluda atentamente a usted,
GERMAN FIBLA ACEVEDO
SUBDIRECTOR TECNICO (S)
 

GFA/MRS/EVO/GMA

 

Fax Circular N 112059 - 27 Diciembre 2006

DE : SUBDIRECTOR TECNICO
A :SEÑORES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

MAT: Comunica tasa interés para pago diferido de derechos de Aduana

ANT: Acuerdo 1310-01.061214, Banco Central de Chile, D.O. 19.12.2006 

1. Comunico a usted que en el Diario Oficial de fecha 19 de Diciembre de 2006, se ha publicado el Acuerdo 1310-01-061214, adoptado por el Banco Central de Chile en su Sesión N° 1.310 de 14.12.2006, mediante el cual se acordó, en conformidad con lo establecido en la letra c) del artículo 10 de la ley N° 18.634, que la tasa de interés que devengarán las cuotas de pago diferido de derechos de aduana durante el semestre que expira el 30 de Junio de 2007, será de 6,9% anual, en dólares de Estados Unidos de América.

2. Lo que comunico a usted para su conocimiento, divulgación y correcta aplicación.

Saluda atentamente a usted,
GERMAN FIBLA ACEVEDO
SUBDIRECTOR TECNICO ( S )
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS

VVM/GFA/JSS/SGG..

 

Fax Circular N 108313 - Valparaíso, 13 Diciembre 2006MAT: COMUNICA REACTUALIZACION MONTO ART. 6º LEY 17.238

ANT: DECRETO DE HACIENDA Nº 921, D.O. 09.12.2006

DE : SUBDIRECTOR TECNICO
A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

1. Comunico a usted que en el Diario Oficial de fecha 09 de Diciembre del 2006, se ha publicado el Decreto Exento Nº 921, de fecha 30.11.2006, mediante el cual se reactualizan en – 2,53% las cantidades expresadas en dólares de Estados Unidos de América, a que se refiere el articulo 6º de la ley Nº 17.238, debiendo quedar en las siguientes sumas:

ARTICULO 6º DE LA LEY Nº 17.238:
INCISO 4º U$ 20.014,02 a U$ 19.507,67
INCISO 4º U$ 16.598,34 a U$ 16.178,40

2. Los montos actualizados regirán a contar del 1 de Enero del año 2007.

3. Lo que comunico a usted para su conocimiento, divulgación y correcta aplicación.

Saluda atentamente a usted,
VICTOR VALENZUELA MILLAN
SUBDIRECTOR TECNICO
DIRECCION NACIONAL DE ADUANAS

VVM/GFA/JSS/SGG.

 

Fax Circular N 107937 - Valparaíso, 12.12.06

MAT.: Precisa instrucciones acerca de la rotulación del calzado importado.

ANT.: Decreto N° 308 D.O. 23.11.06 Min. Economía; Fax N° 125/22.11.06 Aduana Valparaíso; Fax Circ. N° 97804/09.11.06 D.N.A.

DE: SUBDIRECTOR TÉCNICO
A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
 

1.- Como es de vuestro conocimiento, mediante el Decreto N° 308 del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción (D.O. 23.11.06), se modificó el Reglamento de rotulación del calzado establecido en el Decreto Supremo N° 17/2006, en el sentido de prorrogar la fecha de su entrada en vigencia a partir del 1° de mayo de 2007.

2.- Consecuente con lo anterior, la importación de calzado a contar del 23.11.06 y hasta el 30.04.07, deberá estar rotulado de acuerdo al procedimiento establecido en el Decreto Supremo N° 27 (D.O. 22.03.84) del Ministerio de Economía Fomento y Reconstrucción, es decir, la rotulación del calzado podrá efectuarse por medio de una marca permanente e indeleble, y “etiqueta autoadhesiva” cuyo rótulo deberá contener: las materias primas, nombre, RUT del importador y el país de origen.

3.- Cabe señalar que esta rotulación deberá estar incorporada en el calzado al momento de aceptarse a trámite la Declaración de Ingreso definitiva, lo que significa que no será autorizado su retiro desde la zona primaria si no cumple con esta disposición.

4.- En caso que el calzado importado no contenga esta rotulación, el Agente de Aduana podrá solicitar ante la Aduana respectiva, un Registro de Reconocimiento en los términos establecidos en el Oficio Circular N° 901 de fecha 14.10.02, incluso si la Declaración ha sido tramitada bajo la modalidad de trámite anticipado.

5.- En cuanto al calzado que ingresó al país con anterioridad a la vigencia del Decreto N° 308, se le aplicarán sus disposiciones al momento de su comercialización al consumidor final.

Saluda atentamente a usted,
GERMAN FIBLA ACEVEDO
SUBDIRECTOR TECNICO (S)

VVM/EVO/GMA

 

Fax Circular N 107339 - Valparaíso, 11.12.06

MAT.: Asignación de código de Almacenista

ANT.: Resolución Nº 6189/30.11.2006, Resolución Nº 6118/29.11.2006

DE: JEFE SUBDEPARTAMENTO PROCESOS ADUANEROS
SUBDIRECCIÓN TÉCNICA
A : SRS. DIRECTOR REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA
 

Comunico a ustedes que se asignó el código de Almacenista A-65 a la empresa Puerto Terrestre Los Andes Sociedad Concesionaria S.A., (AELASA), habilitado como almacén extraportuario del Puerto Terrestre Los Andes según Resolución Nº 6189/30.11.2006 de esta Dirección Nacional.

Saluda atentamente a ustedes,
ESTER VERGARA ORMAZÁBAL
JEFA SUBDEPTO. PROCESOS ADUANEROS
 

EVO/PSS Sociedad Concesionaria S.A. (AELASA).