Oficio Circular Nº112 Prórroga plazo

DEPARTAMENTO ACUERDOS INTERNACIONALES
OFICIO CIRCULAR Nº___112____/
MAT
.: Acuerdo de Asociación entre Chile y la Unión Europea. Prorroga Plazo.
REF.: Acuerdo Chile – UE, Anexo 3, Apéndice 3 y Of. Circ. N°88, de esta Dirección Nacional de Aduanas, de 25.03.03
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VALPARAISO, 22 de abril de 2003.
DE : DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS
A : SEÑORES SUBDIRECTORES; JEFES DE DEPARTAMENTOS;
DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANAS
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En relación al Oficio Circular de la referencia, por el cual se prorrogó hasta el 30 de abril próximo cumplir con la exigencia prevista en el recuadro 8 del Certificado de Circulación EUR.1, relativo a la clasificación de las mercancías a nivel de partida (código de 4 dígitos) y considerando que las aduanas europeas aún se encuentran en proceso de implementación de dicha obligación; las conversaciones sostenidas por nuestra Cancillería con la contraparte europea y las solicitudes formuladas por el sector privado nacional, se ha dispuesto prorrogar hasta el 30 de junio del presente año dar cumplimiento de la exigencia antes referida, debiendo en lo demás estarse a lo dispuesto en el Oficio Circular N°88 antes citado.

Saluda atentamente a Ud.,

RAUL ALLARD NEUMANN
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS