Oficio Circular N° 295 de 05.11.2013
Valparaíso, 05 de Noviembre de 2013
Mat.: Comunica medidas adoptadas por el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG) para control plaga Halyomorpha halys
Ant.: Resolución N° 6319/14.10.13 SAG.
Adj.: Documento precitado.
De : Subdirectora Técnica
A : Sres. Directores Regionales y Administradores de Aduana
1.- Mediante Resolución N° 6319 de 14.10.13, el Servicio Agrícola y Ganadero (SAG), a fin de prevenir la introducción y dispersión de plagas reglamentadas por dicho organismo, ha establecido requisitos sanitarios para el control de mercancías que en su ingreso al país revistan riesgo fitosanitario y puedan constituirse en un peligro para los productos vegetales.
2.- Señala dicho organismo, que ha continuado interceptando en los puntos de ingreso la plaga Halyomorpha halys, en envíos de ropa usada, juguetes usados y vehículos usados, provenientes de EE.UU. de Norteamérica.
3.- En virtud de la situación referida, el SAG ha determinado que las mercancías usadas, consistentes en ropa/artículos de vestuario, calzado, juguetes y vehículos (incluye automóviles, buses, camiones, tracto camión, thermo king, rampas, semirremolques, carros de arrastre, motor home, casa rodantes), que ingresen o transiten por el territorio nacional, provenientes de EE.UU. de Norteamérica o que hayan sido desconsolidados o consolidados en dicho país, deberán hacerlo con algunos de los tratamientos establecidos en la Resolución N° 6319/13, los cuales deberán ser realizados en el país de origen y acreditados por la empresa que los ejecutó, a través de la emisión de un certificado que debe contener la información que en citada resolución se menciona.
4.- Para el efecto anterior, se adjunta copia de la Resolución N° 6319/13, haciendo presente que tal exigencia debe efectuarse previo al retiro de las mercancías de la zona primaria aduanera.
Saluda atentamente a ustedes,
Alejandra Arriaza Loeb
Subdirectora Técnica
GFA/MPMR/RHD
REG. 65998-13