Oficio Circular N° 506 - 18.12.2019
OFICIO CIRCULAR N° 506 de 18.12.2019
De : Jefe Departamento Regímenes Especiales (S)
A : Sres(as) Directores(as) Regionales y Administradores(as) de Aduana
Mat.: Se Comunica Impuestos o Créditos Fiscales Ley No 18.502 y N° 20.765.
Conforme a lo señalado en la Ley N° 20.765 del 09.07.2014, comunico a usted los Impuestos o Créditos Fiscales correspondientes a los combustibles derivados del petróleo, a que se refieren las leyes 18.502 y 20.765, de conformidad al Decreto de precios de referencia respectivo, del Ministerio de Energía y de Hacienda, según lo informado por el Servicio de Impuestos Internos en virtud de lo dispuesto en el Artículo 3° de la Ley 20.765, y el Decreto N° 462 exento, de fecha 16.12.2019 (D.O. 18.12.2019) del Ministerio de Hacienda.
Vigencia a contar del día Jueves 19.12.2019 al Miércoles 25.12.2019
COMBUSTIBLE |
Componente Base |
Componente Variable |
Impuesto Específico Resultante |
UTM |
|
Gasolina Automotriz de 93 octanos (en UTM/m3) |
Impuesto Crédito Fiscal |
6,0000 |
-0,0301 |
5,9699 |
UTM/m3 |
Gasolina Automotriz de 97 octanos (en UTM/m3) |
Impuesto Crédito Fiscal |
6,0000 |
0,0000 |
6,0000 |
UTM/m3 |
Petróleo Diesel (en UTM/m3) |
Impuesto Crédito Fiscal |
1,5000 |
-0,0722 |
1,4278 |
UTM/m3 |
Gas Licuado de Petróleo de Consumo Vehicular (en UTM/m3) |
Impuesto Crédito Fiscal |
1,4000 |
-0,0983 |
1,3017 |
UTM/m3 |
Gas Natural Comprimido de Consumo Vehicular (en UTM/1000m3) |
Impuesto Crédito Fiscal |
1,9300 |
-0,1494 |
1,7806 |
UTM/1000m3 |
Saluda atentamente a Ud.,
Sergio González Gardeweg
Jefe (S) Depto. Regímenes Especiales