Oficio Circular N° 97 09.03.2017

OFICIO CIRCULAR N° 97

MAT:              Comunica rectificación a decreto N°56 del Min.Hda. Que prórroga derecho antidumping provisional a las importaciones de alambrón de acero originarias de China.

ANT: Decreto Hacienda N°61 del Ministerio de Hacienda D.O.08.03.2017;Dcto.HdaN°56/2017; Oficio Circ.N°419/2016 (Dcto Hda N°370 D.O. 22.10.2016); Oficio Circ.N° 64 de 22.02.2017.

VALPARAISO, 09.03.2017

 

 

DE: SUBDIRECTOR TECNICO

A  : SRES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

 

1.-Comunico a ustedes, que mediante decreto N° 61 de 2017, del Ministerio de Hacienda, publicado en el Diario Oficial de fecha 08.03.2017, se reemplazó el párrafo 1 del decreto exento N°56 del Ministerio de Hacienda, de fecha 20.02.2017, por el siguiente:

 

“Establécese, una prórroga al derecho antidumping provisional vigente ad valórem de  40.6% a las importaciones de alambrón de acero de calidad Trefilar o Drawing Quality y Corrientes o Mesh Quality de sección circular con diámetro inferior a 16 mm., originarias de China, clasificadas en los códigos arancelarios 7213.2000; 7213.9110; 7213.9120 ; 7213.9190; 7213.9900; 7227.1000; 7227.2000; y 7227.9000 del Sistema Armonizado Chileno, y asimismo, además rebájese la medida provisional prorrogada a 28,8% para las importaciones originarias de la empresa Benxi Beitai Gaosu Steel Wire Rod Co., Ltda, a 18.1% para las importaciones originarias de la empresa Zhangjiakou Xuanlong High Speed Wire Co., y a 30,80% para las importaciones originarias de la empresa Jiangsu Shangang Group Co.Ltda. Para el resto de los exportadores chinos se mantiene la tasa vigente de 40,6%”.

 

2.- Cabe hacer presente, que sobre esta materia, se conserva vigente el resto de las instrucciones impartidas mediante Oficio Circular N° 64 de 22.02.2017 de esta Dirección Nacional.

 

 

Lo que comunico a ustedes, para su conocimiento y aplicación.

 

 

 

 

                                                                     GERMAN FIBLA ACEVEDO

                                                                 SUBDIRECTOR TECNICO (T y P)