Personas con Discapacidad
Mediante la Ley N° 20.422, publicada en el Diario Oficial de fecha 10.02.2010, se establecieron normas sobre la igualdad de oportunidades e inclusión social de las personas con discapacidad.
Este cuerpo legal establece una exención arancelaria para vehículos importados por personas con discapacidad, sea que actúen por sí o por medio de sus guardadores, cuidadores o representantes legales o contractuales, los que acceden al beneficio para la importación del vehículo establecido en el artículo 6° de la Ley N° 17.238.
Asimismo, esta ley contempla una liberación total de gravámenes para diversos bienes que al efecto se señala en su artículo 49, entre los que se pueden destacar: prótesis auditivas, visuales y físicas; órtesis, ayudas técnicas, etc.
Ir a preguntas Frecuentes / importacion de vehiculos para personas con discapacidad
Archivos Descargables
-
Documentos a presentar para beneficios Ley 20.422
-
Formulario N° 1 Para personas naturales con discapacidad que actúan por sí mismo
-
Formulario N° 2, Para personas naturales con discapacidad que actúan representadas por mandato otorgado por escritura pública o instrumento privado suscrito ante notario
-
Formulario N° 3, Para personas naturales con discapacidad, menor de edad, representado por ambos padres
-
Formulario N° 4, Para personas naturales con discapacidad que actúan representadas por sentencia judicial
- ley_20422.pdf