Resolución Exenta 262 - 16.01.2020

RESOLUCIÓN EXENTA N° 262

Valparaíso, 16.01.2020

VISTOS Y CONSIDERANDO:

El Anexo N°51-15 del Compendio de Normas Aduaneras, que contiene la tabla de códigos asignada a los operadores Almacenistas.

La Resolución Exenta N° 5.552, de 04 de diciembre de 2019, de esta Dirección Nacional, que habilitó como encargado del recinto de depósito aduanero identificado como “área 1” del Aeropuerto Arturo Merino Benítez a la empresa Terminal de Exportación Internacional Ltda. (TEISA), Rut N° 96.854.560-4, ubicado en el sector sur oriente del área de concesión de la obra “Aeropuerto Internacional Arturo Merino Benítez de Santiago”.

La Resolución Exenta N° 5.888, de 24 de diciembre de 2019, de esta Dirección Nacional, que prorroga por un período de 6 meses la habilitación como depósito fiscal amparado bajo el Artículo 4, numeral 10 de la Ley Orgánica del Servicio, respecto de mercancías que ingresan a zona primaria en el Aeropuerto Arturo Merino Benítez de Santiago para su posterior embarque, a la empresa Servicios Aéreos Pudahuel S.A. (ANDES SUR Cargo), Rut N° 96.650.550-8.

Que, los actuales controles de ingreso de mercancías de exportación a las zona primaria del aeropuerto, no entregan información de trazabilidad y cuadraturas de movimientos de carga y por lo mismo, es necesario una mejora en estos procesos de ingreso de mercancías a la zona primaria del aeropuerto, así como también en la recepción de la misma en los recintos de depósito, entrega a las empresas aéreas para su embarque y posterior salida del país.

Que, parte de la mejora en estos procesos de  ingreso de mercancías a la zona primaria, es la asignación de un código de identificación a cada almacén de exportación, con el fin de ser incorporado al sistema informático y asegurar el proceso de ingreso a zona primaria de las mercancías de exportación, mediante la validación de sistema y el intercambio electrónico de información.

Que, en razón de lo señalado es necesario asignar código de identificación como operador almacenista a las empresas, “Terminal de Exportación Internacional Ltda. (TEISA)” y a la empresa “Servicios Aéreos Pudahuel S.A. (ANDES SUR Cargo)”, debiendo en consecuencia actualizar la tabla del Anexo 51-15 del Compendio de Normas Aduaneras.

TENIENDO PRESENTE:

Lo dispuesto en el Artículo 4°, números 7 y 8 del D.F.L N° 329/1979 del Ministerio de Hacienda “Ley Orgánica del Servicio Nacional de Aduanas” y la Resolución N°7, de 2019, de la Contraloría General de la República, sobre exención del trámite de Toma de Razón, dicto la siguiente:

  RESOLUCIÓN:

I.   MODIFÍQUESE, el Compendio de Normas Aduaneras como se indica a continuación:

1.  AGRÉGASE en la tabla “ALMACENISTAS” del Anexo 51-15, a continuación de TERQUIM S.A. (San Antonio) código A-48, lo siguiente:

                ALMACENISTA                                               CÓDIGO       

TEISA, Terminal de Exportación Internacional Ltda.            A-50

ANDES SUR Cargo, Servicios Aéreos Pudahuel S.A.             A-51

II.  La presente resolución entrará en vigencia desde su publicación en el Diario Oficial.

III. Como consecuencia de la referida modificación sustitúyase la hoja Anexo 51-51 del Compendio de Normas Aduaneras, por la que se adjunta a la presente resolución.