RESOLUCIÓN Nº 205, DE 30 DE ABRIL DE 2003
RECLAMO Nº 495, DE 23.09.2002, ADUANA DE SAN ANTONIO
MATERIA:
Se impugna el cargo formulado por concepto de derechos ad valorem y diferencia de IVA dejados de percibir en D.I. que ampara impresoras marca Hewlett Packard, modelo 3200, para computadores de la partida 84.71, solicitadas a despacho por la posición 8471.6000 del arancel aduanero nacional, con aplicación del trato preferencial contemplado en el artículo C-07 del Tratado de Libre Comercio Chile-Canadá.
PRIMERA INSTANCIA:
Confirma la formulación del cargo.
Clasifica la mercancía en la posición arancelaria 9009.1200.
Aplica denuncia Artord. 173º al despachador en la D.I. reclamada.
SEGUNDA INSTANCIA:
Debido a que las unidades en comento realizan múltiples funciones, algunas de las cuales ejecutan en forma independiente, sin necesidad de encontrarse conectadas a una máquina automática para el tratamiento o procesamiento de datos, proceden ser clasificadas por la subpartida 9009.1200 del Arancel Aduanero Nacional, por aplicación de la Regla General para la Interpretación de la Nomenclatura Nº 3 c).
Por último, cabe hacer presente que mediante Resoluciones Nºs 279, de 11.07.2002, y 356, de 22.08.2002, este Tribunal de Segunda Instancia se pronunció respecto de mercancías idénticas, resolviendo que su clasificación procede por la posición 9009.1200 del Arancel Aduanero Nacional.
Confirma el fallo de primera instancia.