RESOLUCIÓN N° 314, DE 18 DE JULIO DE 2003

RECLAMO N° 235, DE 28.10.2002, ADUANA METROPOLITANA

MATERIA:

Se impugna la denuncia y cargo formulado y, consecuentemente los gravámenes aplicables en D.I. a mercancía identificadas como impresoras láser, marca Xerox, modelo DWC 545, solicitadas a despacho por el ítem 8471.6000, al determinarse que su clasificación procede por el ítem 9009.1200 del arancel aduanero nacional.

PRIMERA INSTANCIA:

Determina confirmar el cambio de partida arancelaria en razón a que la mercancía se trata de una máquina multifuncional con funciones de copiadora, fax, conectada a un PC puede usarse como impresora láser, fax, scanner y copiadora. En virtud de la Regla General Interpretativa N 3 c) procede clasificarla en el ítem 9009.1200.

SEGUNDA INSTANCIA:

Acorde a los antecedentes recabados, los aparatos cuestionados corresponden al modelo DC 220 ST y no DWC 545, como se señala en denuncia, cargo y fallo de primera instancia

Mediante Resoluciones de segunda instancia N s. 290, de 24.07.2002, 424 y 425, de 13.09.2002, se resolvió clasificar el aparato denominado DC 220 ST por la subpartida 9009.1200 del arancel aduanero nacional, por aplicación de la Regla General Interpretativa N 3 c).

Confirma el fallo de primera instancia en cuanto a la clasificación que corresponde al aparato amparado por ítem N 1 de la declaración de ingreso importación.

Deja presente que acorde a documento de destinación y facturas del despacho, el modelo del aparato cuestionado corresponde al DC220 ST y no como fuera consignado en denuncia, cargo y resolución de primera instancia.