RESOLUCIÓN Nº 479, DE 19 DE NOVIEMBRE DE 2003

RECLAMO Nº 553, DE 21.08.2003, ADUANA DE VALPARAISO

MATERIA:

Se formula cargo al constatar en prueba de origen que el formato utilizado no corresponde al estitulado en el Acuerdo Comercial entre Chile y la Unión Europea en la importación de mercancías amparadas por D.I.

PRIMERA INSTANCIA:

El fiscalizador mediante informe señala que el Oficio Res. Nº 2993/03 contiene una serie de estructuras indicativas de los números de autorización de exportadores aprobados por las aduanas comunitaria. Agregando, que las instrucciones para las mercancías originarias de Francia señalan que la declaración en factura deberá indicar: número de autorización , seguido por el nombre de la Aduana emisora, rubricación que en el presente caso no se cumple.

Analizados los autos respectivos, se puede verificar que las facturas señalan que la mercancía es originaria de Francia, no obstante de acuerdo a lo indicado en el citado Of. Res. Nº 2993/03, corresponde consignar en la declaración en factura , el número de autorización seguido por el nombre de la Aduana emisora, exigencia que no se cumple en el presente reclamo. Por lo tanto este Tribunal de Primera Instancia opina que no le corresponde la aplicación del citado Acuerdo a la mercancía en controversia.

Confirma el cargo.

SEGUNDA INSTANCIA:

Confirma el fallo de primera instancia.