VALORACION: RESOLUCION N° 140

RECLAMO Nº 23/21.03.2011

ADUANA SAN ANTONIO 

 

VISTOS  Y CONSIDERANDO

 

El Reclamo N° 23, de 21.03.2011, deducido ante la Aduana de San Antonio,  conforme al artículo 117 de la Ordenanza de Aduanas, por el Agente de Aduanas Sr. Jorge Moya Mancilla, en representación de la empresa Distribuidora de Equipos Computacionales y de Oficina Ltda.

 

La declaración de ingreso N° 1880446505-3, de 31.07.2009 corriente a fs 23/25, tramitada ante la Aduana de San Antonio.

 

EL Cargo N° 26, de 18.01.2011, formulado en contra de Distribuidora de Equipos Computacionales y de Oficina Ltda., corriente a fs.13.

 

El escrito del recurrente de fs.1 y siguientes, por el cual alega la prescripción del cargo antes citado, de conformidad al artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas.

 

Lo dispuesto en el artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas.  

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Los antecedentes que obran en la presente causa y lo dispuesto en el artículo 92 de la Ordenanza de Aduanas,  

 

RESOLUCION:  

 

Confírmase el fallo de primera instancia de fs. 49 y siguientes, teniendo presente exclusivamente  que el cargo en que se funda fue emitido fuera del plazo legal.

 

Déjese sin efectos el cargo  N° 26 de 18.01.2011, formulado en contra de la empresa Distribuidora de Equipos Computacionales y de Oficina Ltda

 

 

Juez Director Nacional de Aduanas