VALORACION: RESOLUCION N° 153

RECLAMO Nº 335/30.10.2008 

ADUANA  VALPARAISO 

 

VISTOS: 

 

El Reclamo Nº 335/30.10.2008 (fs. 1/2), deducido en contra del Cargo N° 921216/ 14.08.2008 (fs. 17), por haberse ejercido la duda razonable, y los documentos no fueron presentados para desvirtuarla, para la mercancía camiseta para mujer, 100% poliéster (Item N° 1), originaria de China, y amparadas por la Declaración de Ingreso N° 3130094853-K/31.05.2007 (fs. 13/14).

 

La Resolución N° 140/05.06.2009 (fs. 53/54), fallo de Primera Instancia.

  

CONSIDERANDOS:

Que, mediante la Resolución N° 140/05.06.2009 (fs. 53/54), fallo de Primera Instancia, se deja sin efecto el Cargo reclamado, por cuanto el Oficio N° 524/30.10.2006 (fs. 30), considerado para la comparación de precios, no comprende a las camisetas para mujer, 100% poliéster, no contando en la base de datos con precios informados para esta mercancía, por lo tanto el Cargo reclamado fue mal formulado, decisión de ese Tribunal que esta instancia aprueba.

 

Que, en consecuencia, procede la confirmación de la sentencia de Primera Instancia.

TENIENDO PRESENTE: 

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y

 

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dic-to la siguiente:

  

RESOLUCIÓN: 

 

CONFIRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA. 

 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS