VALORACION:Resolucion n°245

RECLAMO Nº158/24.06.2004 ADUANA DE VALPARAÍSO

VISTOS:
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La reclamación interpuesta por el Agente de Aduanas Sr. Raúl Jullian de la Fuente, en representación de la firma LEVADURAS COLLICO S.A., mediante la cual impugna la formulación de la Denuncia emitida por errónea declaración del valor CIF en D.I. Nº 2660030508-4 de 14.04.2004.

 

CONSIDERANDO :
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Que, las modalidades comerciales implican que el valor de las muestras que aparece estipulado sin cargo en la factura comercial, sea adicionado proporcionalmente al precio del producto asentado en la factura respectiva con valor comercial, de manera de producir una compensación que permita facturar las muestras sin valor declarado.

 

Que, en el presente caso para armonizar y concordar plenamente con las disposiciones aduaneras, se fijó a las muestras un valor como base impositiva, que permite aplicar los derechos e impuestos que corresponden a dichas especies, de acuerdo a la calidad del producto, según sea idéntico o similar a la mercancía que figura en la factura comercial con su respectivo precio.

 

TENIENDO PRESENTE :
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La legislación impositiva aduanera actualmente en vigencia, y las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 del DFL Nº 329 de 1979, dicto lo siguiente:

 

RESOLUCIÓN :
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CONFÍRMASE EL FALLO DE PRIMERA INSTANCIA

 

 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS