VALORACION: RESOLUCION N° 61

RECLAMO Nº 195/18.06.2007

ADUANA  VALPARAISO

 

VISTO:

 

El Reclamo Nº 195/18.06.2007 (fs. 1/2), deducido por haber confeccionado la D.U.S. sin realizar la conversión de Euros a Dólares americanos, siendo que corresponde “Euro”, conforme a la Factura de Exportación N° 0003853 (fs. 7), solicitando la modificación, para corregir dicho error, a los valores de la D.U.S. N° 2328061-2/03.05.2007, legalizada con fecha 23.05.2007 (fs. 3).

 

CONSIDERANDOS:


Que, mediante la Resolución Nº 316/17.12.2007 (fs. 14/15), fallo en primera instancia, que modifica la D.U.S. antes citada conforme a lo solicitado por el señor Despachador, decisión que este Tribunal aprueba. 

Que,  se  constata,  en  esta  instancia,  conforme a la  Factura  de  Exportación  N° 0003853,  de  fecha  06.05.2007  (fs. 7),  que efectivamente la  moneda  de  transacción  es: EURO, en lugar de la moneda considerada para la declaración antes citada.

 

TENIENDO PRESENTE:

 

Las normas de valoración comprendidas en el Capítulo II del Compendio de Normas Aduaneras; y

 

Las facultades que me confiere el artículo 4º Nº 16 D.F.L. Nº 329, de 1979; dic-to la siguiente:

 

RESOLUCIÓN:

 

1. CONFIRMASE FALLO DE PRIMERA INSTANCIA.

 

2. PASEN LOS ANTECEDENTES A LA UNIDAD CORRESPONDIENTE, A EFECTOS DE DENUNCIAR LA POSIBLE INFRACCION QUE PROCEDIERE.

 

 

JUEZ DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS