Azucar desde 1 de Diciembre 2007 al 31 Diciembre 2007

 

Azucar desde 1 de Diciembre de 2007 al 31 de Diciembre de 2007

 

Azúcar desde el 1 de Diciembre del 2007 al 31 de Diciembre de 2007

PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS

            EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS

 

El Decreto del Ministerio de Hacienda 1165, publicado en el Diario Oficial el 27 de Noviembre de 2007, establece a contar del 1 de Diciembre de 2007 y hasta el 31 de Diciembre de 2007. "a la importacion de azucar cruda, azucar refinada grados 1 y 2 y, al azucar refinada grados 3 y 4 y subestandares, por cuanto sus precios de referencia se ubican por debajo del piso de la banda vigente, quedan sujetas a los siguientes derechos especificos:

 

MERCANCIA

CODIGO

GLOSA

Azúcar

1701.1100

De caña

 

1701.1200

De remolacha

 

1701.9100

Con adición de aromatizante o colorante

 

1701.9910

De caña, refinada

 

1701.9920

De remolacha, refinada

 

1701.9990

Los demás

 

 

REBAJA

DERECHO ESP.

TIPO DE AZUCAR

US$ / TN

US$ / KG

Azúcar cruda

 

0,087

Azúcar refinada grados 1 y 2

 

0,027

Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestándares

 

0,063

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