Fax Circular N° 92403

Precisa instrucciones respecto desgravación arancelaria para ciertos productos negociados en el TLC CH-EE.UU. de América.

 

MAT.:   Precisa instrucciones respecto a negociación de lista de productos de aceleración de la desgravación arancelaria entre Chile y EE.UU. de América.

 

ANT.:   OF. PUB.N° 4773/08 DIRECON; Of.Ord N°19028/08 del Depto. Acuerdos Internacionales DNA.

                                                                        

                                                                      

 

DE:       SUBDIRECTOR TECNICO

A  :       SRES DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

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1.-  Comunico a ustedes que mediante Oficio del antecedente de la DIRECON, se ha puesto en conocimiento de esta Dirección Nacional que los Gobiernos de Chile y Estados Unidos han negociado un paquete de bienes cuyos aranceles serán reducidos a cero a partir del 01.01.2009.

 

2.-  Considerando que hasta la fecha aún se encuentra en trámite el Decreto que autoriza esta desgravación, se ha estimado necesario impartir las siguientes instrucciones:

 

2.1    A partir del 01.01.09 las correspondientes declaraciones de ingreso que amparen mercancías con preferencias arancelarias de los  productos negociados en el Acuerdo Chile- EE.UU, corresponderán a las dispuestas en la programación normal vigente a esa fecha.

2.2   Aquellas Declaraciones de Ingreso tramitadas  a partir de la misma fecha, y hasta la publicación del Decreto, que amparen mercancías favorecidas con la aceleración de la desgravación, deberán tramitar una SMDA ante la respectiva Aduana, a objeto de modificar la base de datos del sistema computacional Sicoweb, como asimismo, solicitar la respectiva devolución de los derechos aduaneros cancelados en exceso.

 

Lo que comunico a ustedes para vuestro conocimiento y aplicación.

 

Saluda atentamente a ustedes,

 

 

 

 

VICTOR VALENZUELA MILLÁN

SUBDIRECTOR TÉCNICO

 

 

 

 

VVM/ATR/EVO/GMA