Convención para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales

El Estado de Chile ha venido en el último tiempo fortaleciendo y consolidando la probidad y transparencia de los actos de la Administración. Ello se ve reflejado en la última reforma a la Constitución Política de la República, estableciéndose que el ejercicio de las funciones públicas obliga a sus titulares a dar estricto cumplimiento al principio de probidad en todas sus actuaciones.

La ley No 19.653, sobre probidad administrativa, dispone que la Administración del Estado deberá observar, entre otros, los principios de probidad, transparencia y publicidad administrativas.

 

De modo coherente con este principio, Chile se ha hecho Parte de diversas Convenciones contra la corrupción en el ámbito internacional: la Convención Interamericana contra la Corrupción, la Convención para Combatir el Cohecho a Funcionarios Públicos Extranjeros en Transacciones Comerciales Internacionales de la OCDE y la Convención de las Naciones Unidas contra la Corrupción.

 

Dando cumplimiento a estas obligaciones internacionales se han perfeccionado las disposiciones que sancionan los actos de corrupción e incorporado nuevos delitos.

Descargar Cartilla Explicativa (Versión 06.09.2010)

Descargar Convención y documentos complementarios

Descargar Decreto Aprobatorio de la Convención