Asignaciones definitivas de contingentes de Azucar 2008
Resolución N° 7054 - 23.09.2008
DIRECCIÓN NACIONAL
RESOLUCION EXENTA Nº 7054
VALPARAÍSO, 23 septiembre 2008
VISTOS:
Lo dispuesto en el inciso quinto del artículo 1º de la ley Nº 19.772, sobre contingentes de azúcar; y en los números 26 y 27 de la Resolución Exenta Nº 4062/03, de esta Dirección Nacional;
CONSIDERANDO:
Que, mediante Resolución Exenta Nº 6168/13.08.2008, de esta Dirección Nacional, se convocó al segundo proceso para la asignación de contingentes de azúcar, establecidos por el artículo 1º de la ley Nº 19.772, para ser importados durante el segundo período del año 2008, convocatoria publicada con fecha 19.08.08 en el diario El Mercurio de Santiago y en la página web del Servicio Nacional de Aduanas.
Que, de acuerdo a la certificación de fecha 01.09.08, suscrita por el Secretario General de la Dirección Nacional de Aduanas, se presentaron dos interesados.
Que, de conformidad con el número 23 de la Resolución Exenta Nº 4062/03, con fecha 09.09.08 se notificaron las asignaciones provisorias de contingentes a las 2 empresas beneficiarias, publicándose, además, en la página web del Servicio Nacional de Aduanas, con la finalidad de que los interesados pudieran ejercer el derecho a solicitar una revisión del proceso según lo dispuesto por los números 24 y siguientes de la resolución citada.
Que, no habiéndose presentado solicitud de revisión y encontrándose vencido el plazo para ello, de conformidad con el calendario de la convocatoria efectuada por Resolución Exenta Nº 6168/13.08.2008, corresponde notificar la asignación definitiva del contingente a las empresa beneficiarias; y
TENIENDO PRESENTE:
RESOLUCIÓN:
APRUÉBASE la asignación definitiva de los contingentes de azúcar establecidos por el artículo 1º de la ley Nº 19.772, como resultado del segundo proceso para el año 2008, convocado por Resolución Exenta Nº 6168/13.08.2008, de esta Dirección Nacional, según el siguiente detalle:
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Contingente de 3.000 toneladas |
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N |
RUT |
Empresa |
Total Cupo Asignado |
Costa Rica (500 ton) |
El Salvador (500 ton) |
Cualquier origen (2.000 ton) |
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1 |
84.226.500-2 |
ALIMENTOS WASIL S.A. |
600,0 |
60,0 |
60,0 |
480,0 |
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2 |
84.734.300-1 |
PRODUCTOS STEIN LTDA. |
600,0 |
0,0 |
0,0 |
600,0 |
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TOTAL ASIGNADO (Toneladas) |
1.200,0 |
60,0 |
60,0 |
1.080,0 |
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NOTIFÍQUESE dicha asignación de conformidad con el número 26 de la Resolución Exenta Nº 4062/03.
Los contingentes asignados deberán ser importados por sus beneficiarios a partir del 23.09.2008 y hasta el 11.11.2008
ANÓTESE, COMUNÍQUESE Y PUBLÍQUESE EN LA PÁGINA WEB DEL SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
SERGIO MUJICA MONTES
DIRECTOR NACIONAL DE ADUANAS