Solicitud de autorización de Salida Temporal para Perfeccionamiento Pasivo

(Autorización de Salida Temporal para Perfeccionamiento Pasivo, conforme al artículo 116 de la Ordenanza de Aduanas, para las mercancías indicadas en el literal i) e inciso final del artículo 114 de la Ordenanza de Aduanas).

Descripción del trámite 

Permite solicitar la autorización establecida en el artículo 116 de la Ordenanza de Aduanas para sacar temporalmente del país aquellas mercancías indicadas en el artículo 114 de la referida Ordenanza, para ser objeto de reparación o procesamiento conforme a las condiciones indicadas en el literal i) e inciso final, del artículo 114 de la Ordenanza de Aduanas (revise aquí), es decir mercancía identificable en especie, y no identificable en especie, respectivamente, en el sistema de tramitación online.

El trámite se puede realizar durante todo el año en el sitio web de Aduana, haciendo la precisión que las Direcciones Regionales y Administraciones de Aduanas, autorizaran la concesión del régimen de aquellas mercancías identificables en especie, y la Dirección Nacional autorizará aquellas mercancías no identificables en especie.

A su retorno al país, se cobrarán los derechos de importación, impuestos y demás gravámenes, respecto de las piezas, partes, repuestos y materiales de cualquier naturaleza, que les hayan sido incorporadas en el extranjero o en un territorio de tratamiento aduanero especial. Los trabajos de reparación o procesamiento que se efectúen en el extranjero, estarán afectos a un impuesto cuya tasa la determinará el reglamento.

 

Quién puede realizar o a quién está dirigido el trámite

Personas naturales, personas jurídicas (representadas) y agentes de aduana.

 

Qué se necesita para hacer el trámite

  1. Contar con clave única del registro civil, para las personas naturales.

  2. En caso de personas jurídicas, las cuales deben ser representadas, el acceso lo debe hacer como persona natural con clave única y al momento de registrar los datos en el formulario, deben indicar los datos de la empresa a la cual representan, además de adjuntar los documentos que respalden su personería.

  3. Los agentes de aduana, podrán ingresar al sistema con el login y password, previamente otorgados por el Servicio de Aduana.

  4. Documentos que respalden el proceso al cual será sujeta la mercancía en el extranjero.

Cómo y dónde realizar el trámite:

En Línea

  1. Ingrese a www.aduana.cl, haga clic en " Trámites en Línea", categoría “REGISTRO NACIONAL DE TRÁMITES”, seleccione “TRAMITES DIGITALES”, opción “Solicitud de autorización de Salida Temporal para Perfeccionamiento Pasivo”.

  2. Complete los datos requeridos, y adjunte los documentos y haga clic en "guardar".

  3. Como resultado del trámite, habrá obtenido el acto administrativo que concede o autoriza el régimen de salida temporal y  salida temporal de perfeccionamiento pasivo, lo cual permite al interesado poder tramitar la destinación aduanera respectiva, ajustándose estrictamente a lo señalado en la resolución considerando adicionalmente la normativa establecida en el Anexo 35 y Capítulo IV del Compendio de Normas Aduaneras.

En oficina

  1. Reúna los antecedentes requeridos.

  2. Diríjase a una de las oficinas de Aduanas del país.

  3. Explique el motivo de su visita: solicitar autorización para la salida temporal para  perfeccionamiento pasivo al extranjero de mercancías que van a reparación o procesamiento.

  4. Entregue los antecedentes requeridos.

  5. Como resultado del trámite, habrá solicitado la autorización amparada en una resolución exenta.

Aspectos a considerar

La vigencia del acto administrativo que otorga la concesión del régimen de salida temporal para perfeccionamiento pasivo, es indicada por la autoridad aduanera competente en resolver la solicitud,  por lo general, la vigencia  es de 90 días, este plazo es para tramitar la destinación aduanera de salida respectiva conforme a la información indicada.

El trámite se puede realizar durante todo el año.

Costo del trámite: No tiene costo.

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