Azúcar desde el 1 de Diciembre al 31 de Diciembre 2008
PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 1.213, publicado en el Diario Oficial el 28 de Noviembre de 2008, establece a contar del 1 de Diciembre de 2008 y hasta el 31 de Diciembre de 2008. la aplicación del siguiente Derecho Especifico a la importación de Azúcar Cruda, y a la importación de Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestandares, además solamente la aplicación del Derecho General Ad- Valorem a la importación de Azúcar Refinada grados 1 y 2.
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