Azúcar desde el 1 de Enero del 2007 al 31 de Enero de 2007

PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHO ESPECIFICO
EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS

El Decreto del Ministerio de Hacienda 1062, publicado en el Diario Oficial el 28 Diciembre de 2006, establece a contar del 1 de Enero de 2007 y hasta el 31 de Enero de 2007, una rebaja a la suma que corresponda pagar por derechos ad valórem del Arancel Aduanero a la importación de azúcar refinada grados 1 y 2. En el caso de azúcar cruda y, azùcar refinada de los grados 3, 4 y subestandares, el precio de referencia se ubica por Debajo del Piso, y corresponde la aplicaciòn de Derechos Especificos.


MERCANCIA CODIGO GLOSA
Azúcar 1701.1100 De caña
1701.1200 De remolacha
1701.9100 Con adición de aromatizante o colorante
1701.9910 De caña, refinada
1701.9920 De remolacha, refinada
1701.9990 Los demás

REBAJA DERECHO ESP.
TIPO DE AZUCAR US$ / TN US$ / KG
Azúcar cruda 0,057
Azúcar refinada grados 1 y 2 15,84
Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestándares 0,015