Azúcar desde el 1 de Marzo del 2009 al 31 de Marzo de 2009
PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 302, publicado en el Diario Oficial el 26 de Febrero de 2009, establece a contar del 1 de Marzo 2009 y hasta el 31 de Marzo 2009. la aplicación del siguiente Derecho Especifico a la importación de Azúcar Cruda, por cuanto su precio de referencia se ubica por debajo de la banda vigente, y a la importación de Azúcar refinada grados 1 y 2, la rebaja que se indica, por cuanto el precio de referencia se ubica sobre el techo de la banda vigente, en cuanto al Azúcar Refinada Grados 3 , 4 y Subestandares, el precio de referencia se ubica por debajo del techo y por sobre el piso, con lo cual estará sujeta a la aplicación del derecho Ad- Valorem vigente del Arancel Aduanero.
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