Azúcar desde el 1 de Mayo de 2009 al 31 de Mayo de 2009
PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 520, publicado en el Diario Oficial el 28 de Abril de 2009, establece a contar del 1 de Mayo 2009 y hasta el 31 de Mayo 2009. la aplicación del siguiente Derecho Especifico a la importación de Azúcar Cruda, por cuanto su precio de referencia se ubica por debajo de la banda vigente, y las rebajas que se indican a las sumas que corresponda pagar por derechos Ad Valorem del Arancel Aduanero por la importación de Azúcar Refinada grados 1 y 2, y Azúcar Refinada Grados 3 , 4 y Subestandares, por cuanto el precio de referencia se ubica sobre el techo de la banda vigente.
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