Azúcar desde el 1 de Septiembre al 30 de Septiembre de 2009

 

PRECIO DE REFERENCIA PARA APLICAR DERECHOS ESPECIFICOS

            EN LA IMPORTACION DE AZUCARES BLANCOS

El Decreto del Ministerio de Hacienda N° 942, publicado en el Diario Oficial el 27 de Agosto de 2009, establece a contar del 1 de Septiembre 2009 y hasta el 30 de Septiembre 2009.  las rebajas a las sumas que corresponda pagar por derechos Ad Valorem del Arancel Aduanero a la importación de Azúcar Cruda, Azúcar Refinada grados 1,2, y l Azúcar Refinada Grados 3, 4 y Subestándares, por cuanto el precio de referencia se ubica por sobre el techo de la banda vigente 

MERCANCIA

CODIGO

GLOSA

Azúcar

1701.1100

De caña

 

1701.1200

De remolacha

 

1701.9100

Con adición de aromatizante o colorante

 

1701.9910

De caña, refinada

 

1701.9920

De remolacha, refinada

 

1701.9990

Los demás

 

REBAJA

DERECHO ESP.

TIPO DE AZUCAR

     US$ / TON

       US$ / KG

Azúcar cruda

        109,42

          

Azúcar refinada grados 1 y 2

        189,78

Azúcar refinada grados 3 y 4 y subestándares

  141,56