Medida 14 de agenda normativa

Comentarios Recibidos

"Incorporar en la DIN exigencia de información sobre tránsito de mercancías por terceros países"

Comentario #1

Alejandro Laínez
Gerente
ANAGENA AG


1. De la redacción de la norma, no nos queda claro si las nuevas letras P, D y A se deben indicar siempre que una DIN se tramite acogiéndose a una preferencia arancelaria, o sólo cuado se importe con régimen general y posteriormente se vaya a solicitar acoger la importación a un TLC o Acuerdo Comercial, o en ambos casos. Por lo anterior, solicitamos precisar cuál es el requerimiento específico.

2. En la medida que se requiera indicar estas nuevas letras para las DIN con régimen general que posteriormente se solicitará acogerse a un TLC o Acuerdo, dado que al tramitar la DIN no siempre se sabe si se contará posteriormente con el respectivo certificado de origen, y si estará correctamente emitido, solicitamos que en caso de no indicar estos códigos en la DIN, se puedan aclarar con una SMDA electrónica exenta de multa, toda vez que no se trataría de un error en la confección de la DIN.


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