ENERO 2005

Oficio Circular N° 6
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VALPARAISO, 06.01.2005

MAT.: Imparte instrucciones respecto al ingreso de información en el Módulo de Traspaso F-19 cuando se trata de una empresa reconocida como continuadora legal.

ANT.: Fax N° 01/01.12.04 Aduana V Región Valparaíso; Ofic. Circ. N° 253/27.02.97 y Of. Circ. N° 241/24.09.04 Subd. Técnica.

DE: JEFE SUBDEPTO. PROCESOS ADUANEROS D.N.A.

A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

1.- Como es de su conocimiento, mediante Oficio Circular N° 241 del 24.09.2004 se puso en aplicación el nuevo procedimiento informático sobre el Módulo denominado “Traspasos F-19” entre el Servicio de Aduanas y el Servicio de Tesorería, que permite registrar electrónicamente los traspasos de acuerdo al artículo 26 de la ley 18.634.

2.- Dentro de las operaciones que se deben registrar en este sistema informático (CUT de la Tesorería), se encuentran aquellos casos de empresas que habiendo importado mercancías con pago diferido, con posterioridad reforman sus estatutos produciéndose un cambio en la razón social, conservando el número de RUT de la empresa original. Esta nueva empresa debe ser reconocida por la Subdirección Jurídica del Servicio de Aduanas como continuadora legal.

3.- Generalmente este reconocimiento es autorizado mediante la emisión de un Oficio Ordinario, cuya numeración correlativa sobrepasa los cinco dígitos, originando un problema de ingreso de esta información, por cuanto el sistema programado por el Servicio de Tesorería, dispuso para ese recuadro sólo una cantidad de cuatro caracteres, el cual por razones computacionales no es posible aumentar.

4.- Consecuentemente, se ha dispuesto como una forma de superar este impasse informático, que los funcionarios aduaneros encargados de ingresar la información al Módulo de Traspaso indiquen el número del Oficio que autoriza a la empresa como continuadora legal solamente con los últimos cuatro dígitos. Para mayor claridad y uniformidad, se ha estimado conveniente señalar el siguiente ejemplo: Oficio N° 11752 se debe ingresar al Módulo de Traspaso el número 1752.

Saluda atentamente a Ud.

ESTER VERGARA ORMAZABAL

JEFE SUBDEPTO. PROCESOS ADUANEROS

EVO/GMA

Oficio Circular N° 12
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Reg.Int. 1482

Reg.Partes S/18333

MAT.: Amplía procedimiento para el Tratado de Libre Comercio con Estados Unidos establecido en el Oficio Circular N° 159/25.06.04, respecto a la presentación de SMDA por vía electrónica por reembolso de derechos por aplicación del referido Acuerdo.

ANT.: Oficio Circ. N° 159/25.06.04; Nota Agencia de Aduanas Estanislao Sánchez G.

VALPARAISO, 13.01.2005

DE: SUBDIRECTOR TECNICO

A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

1.- Como es de su conocimiento, mediante Oficio Circular N° 159 del 25.06.04 esta Dirección Nacional impartió instrucciones para que los despachadores de aduana tramitaran directamente por vía electrónica las Solicitudes de Modificación a Documento Aduanero, en los casos de reembolso de derechos por aplicación del Acuerdo Chile-Unión Europea, en aquellos casos en que la Declaración de Ingreso hubiere sido tramitada acogiéndose a régimen general.

2.- Efectuado un seguimiento de estas devoluciones, se ha podido verificar que éste ha sido satisfactorio, y se ha cumplido con las expectativas propuestas para mejorar la gestión administrativa y de control de estas operaciones, tanto por parte de las Aduanas como de los usuarios del sistema.

3.- Consecuentemente y considerando que el flujo del comercio exterior entre Chile y los Estados Unidos de América ha aumentado progresivamente, esta Dirección Nacional ha estimado conveniente ampliar el mismo procedimiento de reembolso establecido en el referido Oficio Circular N° 159/2004 para tramitar directamente por vía electrónica las SMDA, de aquellas Declaraciones de Ingreso provenientes de los Estados Unidos de América que han sido tramitadas originalmente bajo régimen general y que posteriormente dentro del plazo de vigencia del certificado de origen, acceden a la preferencia arancelaria del referido Tratado de Libre Comercio.

4.- Estas instrucciones entrarán en vigencia a contar del día 17 de Enero del año 2005 y deberán tener una amplia difusión.

Saluda atentamente a Ud.,

VICTOR VALENZUELA M.

SUBDIRECTOR TECNICO

VVM/GFA/EVO/GMA