FEBRERO 2007

OFICIO CIRCULAR Nº 046
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Valparaíso, 12.02.2007

MAT.: Acuerdo de Complementación Económica N° 22 con Bolivia N° 22. Décimo Quinto Protocolo Adicional.

REF.: Décimo Quinto Protocolo Adicional y Decreto N° 377 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 23.11.2006.

DE : JEFE DEPARTAMENTO ASUNTOS INTERNACIONALES (S)

A : SEÑORES SUBDIRECTORES; JEFES DE DEPARTAMENTOS; DIRECTORES (AS) REGIONALES Y ADMINISTRADORES (AS) DE ADUANAS

Mediante Decreto N° 377 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 23.11.2006, publicado en el Diario Oficial de 10.02.2007 se promulga el Décimo Quinto Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 22 con Bolivia y su Anexo, suscrito por Chile y Bolivia el 15.03.2006.

Cabe hacer presente que dicho Protocolo, se encuentra en vigor desde el 08.12.2006, conforme a lo establecido en el artículo 6° del mismo.

Saluda atentamente a Ud.,

OFICIO CIRCULAR Nº 045
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Valparaíso, 12.02.07

MAT.: Acuerdo de Complementación Económica N° 24 con Colombia. Séptimo Protocolo Adicional.

REF.: Séptimo Protocolo Adicional y Decreto N° 378 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 23.11.2006.

DE : JEFE DEPARTAMENTO ASUNTOS INTERNACIONALES (S)

A : SEÑORES SUBDIRECTORES; JEFES DE DEPARTAMENTOS; DIRECTORES (AS) REGIONALES Y ADMINISTRADORES (AS) DE ADUANAS

Mediante Decreto N° 378 del Ministerio de Relaciones Exteriores, de 23.11.2006, publicado en el Diario Oficial de 10.02.2007 se promulga el Séptimo Protocolo Adicional al Acuerdo de Complementación Económica N° 24 con Colombia y su Anexo, suscrito por Chile y Colombia el 14.09.2006.

Cabe hacer presente que dicho Protocolo, se encuentra en vigor desde el 08.11.2006, conforme a lo establecido en el artículo 11° del mismo.

Saluda atentamente a Ud.,

GASTÓN FERNÁNDEZ SCHIAFFINO

JEFE DEPARTAMENTO ASUNTOS INTERNACIONALES (S)

OFICIO CIRCULAR N° 0041
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VALPARAISO, 06.02.07

MAT.: Complementa instrucciones impartidas por Oficio Circ. N° 159/25.06.2004 y N° 604/21.12.06, respecto a la devolución de derechos aduaneros.

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DE: SUBDIRECTOR TECNICO

A : SRES. DIRECTORES REGIONALES Y ADMINISTRADORES DE ADUANA

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1.- Como es de su conocimiento, mediante Oficio Circular N° 604/2006, se amplió para todos los Tratados Comerciales el procedimiento establecido en el Oficio Circular N° 159/25.06.04 para la tramitación de las SMDA por vía electrónica por reembolso de derechos aduaneros cancelados bajo régimen general.

2.- Cabe reiterar, que este procedimiento establece que una vez aceptada la SMDA electrónica, el despachador deberá presentar ante la Aduana de tramitación los siguientes documentos:

a) Ejemplar original o copia según corresponda del Certificado de Origen o documento que lo sustituya.

b) Copia de la DIN con la constancia de pago de los gravámenes. Tratándose de pago electrónico, deberá presentarse la constancia del aviso de transacción obtenido de la WEB del Servicio de Tesorerías.

c) Copia de la DIN con las modificaciones introducidas a través de la SMDA.

d) Copia ejemplar original de la SMDA que modificó la DIN.

3.- No obstante lo anterior, se ha tomado conocimiento que cuando las mercancías no son transportadas en forma directa, algunas Aduanas exigen y otras omiten la exigencia de la documentación que acredita que los productos han transitado por otros territorios con transbordo o depósito temporal en dichos territorios, y que hayan permanecido bajo la vigilancia de la aduana del país de tránsito o de depósito y que no hayan sido sometidas a operaciones distintas de las de descarga, carga o cualquier otra destinada a mantenerlos en buen estado.

4.- Consecuente con lo anterior, esta Dirección Nacional ha estimado necesario complementar las instrucciones sobre esta materia, en el sentido de que cuando el interesado invoque el beneficio del reembolso de los derechos, además de los documentos antes señalados, deberá adjuntar el certificado o documento de prueba correspondiente, cuando se trate de mercancías que no han sido transportadas directamente desde el país o países de cualquier Tratado o Acuerdo Comercial suscrito por Chile.

5.- Lo que comunico a usted para su conocimiento, aplicación y divulgación.

Saluda atentamente a usted,

GERMAN FIBLA ACEVEDO

SUBDIRECTOR TECNICO (S)

GFA/EVO/PSS/GMA