Beneficios y Franquicias

Franquicia para Personas con Discapacidad

Con el objetivo de dar apoyo efectivo a su integración social y mejorar su calidad de vida, las personas con discapacidad pueden acceder a beneficios tributarios y arancelarios específicos al momento de realizar la importación de vehículos especiales, así como otros elementos que necesiten para su recuperación: sillas de ruedas, prótesis y aparatos ortopédicos, entre otros.

En caso de requieras tramitar el ingreso al país de uno de esos productos y cuentes con tu certificado de la Comisión de Medicina Preventiva e Invalidez (COMPIN) del Ministerio de Salud, tanto tú como tu representante legal o contractual, guardadora o cuidadora, pueden solicitar la franquicia a través del Sistema de Tramitación Online pinchando aquí o presencialmente en la Dirección o Administración de la Aduana correspondiente a su domicilio, desde Arica a Punta Arenas (según Ley 20.997, publicada el 13 de marzo de 2017, que moderniza la legislación aduanera).

También pueden acceder a esta Franquicia las personas jurídicas sin fines de lucro que actúen en el ámbito de la discapacidad y tengan por objeto la asistencia, cuidado o apoyo de individuos en esta situación.

[¿Cuáles son los beneficios específicos?]

  • Se pueden importar vehículos nuevos o usados con características técnicas especiales, pagando sólo el 50% de Arancel Aduanero (que corresponde al 3% de los derechos de Aduana) y el beneficio tributario consistente en el pago del IVA, el que puede ser cancelado hasta en 36 cuotas, solicitándolo al Servicio de Impuesto Internos.
  • Las sillas de ruedas se pueden importar pagando 0% de Arancel de Aduana.
  • Todos los tipos de aparatos ortopédicos se encuentran liberados de Arancel Aduanero (detalle en el Art. 49 de Ley 20.422).